TheWholeTorah.aiBeta

Terumot Capítulo 9, Mishná 4: Los brotes de un producto prohibido

La Mishná 4 de este capítulo trata una pregunta general: una persona que siembra un producto limitado de alguna manera, ¿cuál es el estatus de los nuevos brotes que salen de esas semillas? Se abre con el tema de la Terumá, que nos ha ocupado a lo largo de todo el capítulo: los brotes que salen de la Terumá, e incluso la generación posterior a ellos, los 'nietos' de los granos de Terumá que se sembraron.

Estructura de la Mishná:

La Mishná está cargada de detalles, y por ello conviene primero comprender su estructura. Tiene tres partes:

  1. Primera parte: el estatus de los 'hijos' y de los 'nietos' de semillas de Terumá que se sembraron en la tierra.

  2. Segunda parte: otros tipos de producto limitado, cuya entrada a la tierra está limitada, y la pregunta es cuál es el estatus de lo que sale de ella. Esta parte se refiere específicamente a cosas cuya semilla se consume (que la semilla se desintegró por completo en la tierra antes de que creciera el nuevo brote), y en ellas se dice que los nuevos brotes son más leves desde el punto de vista halájico y no están limitados. En cambio, al plantar una cebolla de esos mismos tipos, el asunto sí está limitado, aunque la Mishná no lo explicita.

  3. Tercera parte: prohibiciones aún más leves, que no continúan aplicándose a lo que crece de la tierra, y esta ley es igual tanto en semillas cuya semilla se consume como en cosas cuya semilla no se consume, como una cebolla enterrada en la tierra que no se pudre, en la que el brote sale de la cebolla misma, y aun así lo que sale de la tierra está permitido. En estas categorías se pierden las limitaciones en la segunda generación, tanto en semillas como en cebollas.

Primera parte: brotes de Terumá y brotes de brotes:

La Mishná comienza con el principio que subyace a la raíz de todo el capítulo: "guidulei Terumá - Terumá" - los brotes de Terumá son Terumá. Quien toma una semilla de Terumá y la siembra en la tierra, lo que sale de la tierra es Terumá. Esta ley, como ya se explicó en las últimas tres mishnayot, es de origen rabínico.

Sin embargo, "guidulei guidulín - julín" - los brotes de los brotes son julín: quien toma los brotes que salieron de la tierra y los siembra por segunda vez, la tercera generación no está limitada como Terumá, sino que es tével corriente. 'Julín' aquí significa en contraposición a la Terumá, pero ciertamente no es julín en sentido absoluto, ya que está obligado a la separación de maasrot como todo tével.

Segunda parte: seis alimentos cuyos brotes son julín:

El texto de la Mishná: "aval tével umaaser rishón usfijei shviit utrumat jutz laáretz vehamdumá vehabikurim - guiduleihen julín" - pero el tével, el maaser rishón, los sfijim del año sabático, la Terumá de fuera de la Tierra, la mezcla dimuá y los bikurim, sus brotes son julín. En estos seis, a diferencia de la Terumá cuyos brotes son Terumá, lo que sale de la tierra no está limitado. Esta lista se refiere únicamente a semillas cuya semilla se consume, y no a cebollas, pues si plantó cebollas de dimuá, por ejemplo, lo que sale de la tierra permanece prohibido, como ya vimos en la masejet.

  1. Tével - alimento del que no se separaron los maasrot. El tével está permitido para comer de manera ocasional, en un picoteo informal; pero una vez que se completó su elaboración y se introdujo en la casa, se prohibió incluso la comida ocasional, y no se lo puede comer sino después de haber separado los maasrot. Y aun así, quien siembra trigo de tével cuya elaboración se completó, lo que sale de la tierra no está limitado, y se puede comer del trigo de la segunda generación de manera ocasional sin separar antes los maasrot.

  2. Maaser rishón - el primer diezmo que se da al levita, y está limitado únicamente a los levitas. Pero si el levita lo tomó y lo sembró en la tierra, lo que sale de la tierra no se considera maaser, e incluso quien no es levita puede comerlo. Cabe señalar, como observa el Bartenura, que en estos dos casos aún permanece un componente de Terumá: del tével hay que separar la Terumá guedolá, y del maaser rishón la Terumat maaser. Solo que, dado que es una porción minoritaria en estos alimentos, los Sabios fueron indulgentes con ellos y no les aplicaron la regla de 'guidulei Terumá Terumá'.

  3. Sfijei shviit - como se recuerda de la masejet Shviit, las cosas que se siembran cada año y que crecieron por sí solas, como el trigo que germinó de semillas que dispersó el viento, se llaman sfijim. Por la Torá está permitido comerlos, pero los Sabios los prohibieron, porque se hacía trampa y se sembraba intencionalmente diciendo "esto no es más que trigo de sfijim". Resulta, pues, que los sfijim están prohibidos por decreto rabínico. Y aun así, quien toma trigo de sfijim y lo siembra, los brotes que salen de él están permitidos y son julín. Se entiende que no se trata de sembrar en el propio año sabático, lo cual está prohibido por las leyes de la Shmitá, sino de guardar esos sfijim hasta el octavo año y sembrarlos entonces. Los Sabios no vieron necesario limitar lo que sale, pues de entrada es una situación poco frecuente, y no es su costumbre decretar sobre escenarios lejanos y poco frecuentes.

  4. Terumat jutz laáretz - ya se mencionó varias veces que también fuera de la Tierra de Israel existe la obligación rabínica de separar Terumá en las tierras vecinas: Amón y Moav (la actual Jordania), Siria (Líbano y Siria), Egipto y Bavel (Irak); en todas estas regiones el producto está obligado a la separación por decreto rabínico, al menos en la época de la Mishná. Y aunque la regla es 'guidulei Terumá Terumá', aquí, dado que la obligación no es más que rabínica, los Sabios fueron indulgentes y no dijeron que lo que sale sea Terumá. El Bartenura adopta otra razón: así como los sfijei shviit no son frecuentes, tampoco la Terumá de fuera de la Tierra es frecuente. Y aparentemente esto es difícil, pues quien vive en Bavel y está obligado a separar maasrot de todo, para él la Terumá no es en absoluto poco frecuente, sino tan frecuente como en la Tierra de Israel. Por ello muchos explican que toda esta discusión tiene lugar únicamente en la Tierra de Israel, y allí no es frecuente encontrar Terumá traída de fuera de la Tierra, y por eso no decretaron sobre ella. Y según esta explicación, toda la estructura de 'guidulei Terumá Terumá' rige solo en la Tierra de Israel, y con la Terumá que llegó de fuera de la Tierra fueron indulgentes tanto por ser solo rabínica como por no ser frecuente.

  5. El dimuá - una mezcla de julín y Terumá. Como vimos antes en la masejet, dado que el dimuá no es más que rabínico, aún se aplican en él las restricciones de la Terumá mezclada en él; pero por la Torá, dado que la mayor parte es julín, la Terumá se anula en la mayoría y es julín. Por eso aquí son indulgentes, y aunque hay en él algo de Terumá, dado que se anuló, no se aplica en él restricción.

  6. Los bikurim - los primeros frutos en la Tierra de Israel, de las siete especies con las que se elogió a la Tierra: trigo y cebada, olivos, dátiles, uvas, higos y granadas. El agricultor que ve las primeras granadas brotar en su árbol ata un hilo rojo alrededor de ellas, y cuando llegan a su madurez las toma y las lleva al Beit HaMikdash para agitarlas y entregarlas al kohen, y el kohen las come como Terumá. Como se dijo en la introducción a la masejet, hay cuatro cosas cuyo estatus es como Terumá: la Terumá guedolá, la Terumat maaser, la jalá de la masa y los bikurim. Aunque los bikurim se asemejan a la Terumá, son indulgentes y dicen que quien planta una granada de bikurim o siembra trigo de bikurim, lo que crece de ellos no está limitado. Y la razón del Bartenura: no es en absoluto común en la Tierra de Israel dedicarse a plantar cosas de bikurim, y por ello los Sabios no limitaron la segunda generación de sus descendientes.

Tercera parte: brotes de hekdesh y de maaser shení:

Esta parte trata dos categorías de alimentos prohibidos que no quedan prohibidos en lo que sale de la tierra en la segunda generación, tanto si fueron semillas cuya semilla se consume como si fueron cebollas: "guidulei hekdesh umaaser shení - julín" - los brotes de hekdesh y de maaser shení son julín.

Hekdesh: una persona que tenía trigo y lo consagró para bedek habait, a fin de que el Templo tuviera un bien del cual pudiera obtenerse dinero: si esas semillas se sembraron en la tierra, lo que brota de la tierra está permitido. Maaser sheni: el diezmo que una persona debe comer en Jerusalén: si lo sembró en la tierra, lo que brota de la tierra está permitido y puede comerse incluso fuera de Jerusalén.

La razón del decreto 'lo que crece de Terumah es Terumah':

Este es el lugar para completar la explicación mencionada en las primeras Mishnayot del capítulo: cuál es la lógica que subyace a la ley rabínica de 'lo que crece de Terumah es Terumah'. Comprender esto ayudará también a entender por qué no se aplica en absoluto a lo que crece de hekdesh y de maaser sheni.

Una guemará famosa en el segundo capítulo del tratado de Shabat relata que Bet Shamai y Bet Hilel se reunieron en el desván de cierta persona (los detalles del suceso son objeto de discusión y no atañen a nuestro asunto). En aquella ocasión se dio la circunstancia de contar con un quórum como el de un Sanhedrín para dictaminar una halajá, una oportunidad única en la vida, solo que la mayoría de los presentes eran de Bet Shamai. Bet Shamai aprovecharon la oportunidad y establecieron dieciocho decretos rabínicos, aquellos temas que desde hacía tiempo les eran queridos y que no habían logrado aprobar, ya que la mayoría del Sanhedrín eran de Bet Hilel. Estas son las conocidas 'dieciocho medidas'.

En la página 17 del tratado de Shabat se enumera una de esas dieciocho medidas: lo que crece de Terumah es Terumah, es decir, quien siembra Terumah, lo que brota de la tierra es Terumah, y este es el tema de todo nuestro capítulo. La mayoría de las dieciocho medidas tratan asuntos de tumá y tahará, y también este decreto está entre ellas.

Y este es el razonamiento de Bet Shamai: un kohen que recibió Terumah, por ejemplo granos de trigo, que debe comerlos, si el trigo se volvió impuro, ya no puede comerlo, y no le queda sino destruirlo y quemarlo. Pero podría tener un 'plan B': tomar los granos de trigo, sembrarlos en la tierra y cultivar una cosecha completamente nueva, que sería una hoja en blanco, julín sin ninguna de las restricciones de la Terumah.

El problema es que Bet Shamai temían que si el kohen guardaba en su casa granos de trigo impuros hasta que llegara la época de la siembra, y solo se siembra una vez al año, en la temporada de siembra cercana a Tishrei, podría llegar a comerlos por descuido. Las casas eran pequeñas, y el trigo no es solo semilla sino también alimento, y tener un alimento prohibido en la cocina durante todo el año es una desgracia esperando ocurrir. Dijeron Bet Shamai: si quitamos el incentivo económico de guardar el trigo que se volvió impuro, no lo guardarán sino que se desharán de él, y así se evitará el consumo por descuido de trigo de Terumah impuro.

¿Qué hicieron? Determinaron que quien siembra su Terumah, lo que brota de la tierra sigue siendo Terumah. Con esto se derrumbó toda la conveniencia económica de conservar los granos de trigo, pues el precio del trigo cuando es Terumah no es más que una parte ínfima de su precio cuando es julín: solo los kohanim pueden comerla, y aun de ellos solo un kohen puro. Ningún kohen sensato aprovecharía su campo para cultivar trigo de Terumah, que es inferior desde el punto de vista económico. Ese fue el propósito, y ese es el motivo de todo el capítulo.

El decreto se aprobó cuando Bet Shamai eran mayoría, y Bet Hilel consideraron correcto dejarlo en pie y no anularlo cuando el Sanhedrín se reunió por segunda vez y ellos eran mayoría. Por eso quedaron aquellas dieciocho leyes en la práctica, y esta es una de ellas.

Volvamos a la Mishná:

A la luz de esto se entiende la última parte: lo que crece de hekdesh y de maaser sheni. Aquí no hay, en un principio, razón para que una persona siembre estas semillas en lugar de entregarlas al Templo o comerlas en Jerusalén. En primer lugar, nunca se le obligó a consagrar. En segundo lugar, si deseaba esas semillas por alguna razón, podía redimirlas y volver a comprarlas. Y lo mismo con el maaser sheni: si lo plantó en la tierra, ciertamente elude la subida a Jerusalén, pero de todos modos podía redimirlo con monedas y librarse del problema. Siendo así, los Sabios no vieron lugar para decretar sobre lo que de ellos crece, y la Mishná determinó que lo que crece de hekdesh y de maaser sheni es julín.