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Terumot Capítulo 8, Mishná 2: Tragar o escupir un alimento prohibido

Tenemos ante nosotros la segunda mishná del capítulo 8 del tratado de Terumot, que constituye una continuación directa de la mishná anterior. Comienza con la vav de conexión - "vejulam" - que se refiere a los casos que allí fueron enumerados.

El Bartenura explica que "todos ellos" se refiere a la mujer que creía estar aún casada con un kohen y comía Terumah, y al esclavo que comió Terumah porque pensaba que todavía se contaba entre los miembros de la casa del kohen, y luego les informaron que la mujer había sido divorciada, que el amo del esclavo había muerto y cosas semejantes, de modo que ya no tienen permiso de comer esta Terumah.

La cuestión que se discute en la mishná es: cuál es la ley del alimento de Terumah que ya se encuentra en sus bocas en ese momento, deben escupirlo? Por un lado, cuando introdujeron el alimento en sus bocas fue una acción legítima: toda la información de que disponían indicaba que estaban autorizados a comer Terumah, y no hicieron nada indebido. Por otro lado, en la mishná anterior aprendimos que esas mismas personas están obligadas a pagar el principal y el quinto para obtener expiación por haber comido la Terumah por error, y por ello la opinión de Rabí Eliezer resulta algo difícil de resolver.

El texto de la mishná y la controversia de los tanaím:

"vejulam shehaietá terumah betoj pihem" - el alimento de Terumah estaba dentro de sus bocas y ellos lo masticaban, cuando les informaron que ya no eran aptos para comer esta Terumah:

  • Rabí Eliezer dice: "iivleú" - el proceso de comer ya había comenzado, y no necesitan escupir el alimento que tienen en la boca.

  • Rabí Iehoshúa dice: "iiflotú" - dado que estas personas no están autorizadas a comer Terumah, desde el momento en que se enteraron de que están descalificadas para comerla deben escupir el alimento, aunque hubieran comenzado a comerlo pensando que estaban autorizadas a ello.

Sin embargo, un kohen que creía ser kohen y en realidad es un jalal, nunca fue apto para comer esta Terumah. En tal caso no puede tragar la Terumah, sino que debe escupirla, incluso según la opinión de Rabí Eliezer.

La segunda cláusula: impureza que sobrevino en medio de la comida:

De aquí pasa la mishná de la comida de Terumah prohibida a causa del error, a otro asunto: la prohibición de comer Terumah cuando el que come está impuro o cuando la Terumah está impura. Exactamente el mismo principio opera aquí: la persona comenzó a comer con plena autorización, y en medio de la masticación ocurrió algo que cambió la situación. Este es un caso aún más nítido y claro que los anteriores.

"amrú lo nitmeta" - un kohen está comiendo su alimento de Terumah, y en medio de la masticación alguien le da una palmada en el hombro y le dice: "olvidé decírtelo, soy un zav, estoy impuro, y ahora también tú te has vuelto impuro". Cuando introdujo el alimento en su boca y comenzó a masticarlo era algo completamente permitido, y solo en medio de la comida se volvió impuro. Rabí Eliezer dice: "iivla", y Rabí Iehoshúa dice: "iiflot".

"venitmeta terumah" - un caso similar y con las mismas leyes, solo que aquí no es el kohen quien se volvió impuro, sino que la Terumah misma se volvió impura mientras aún estaba en su boca (el zav metió su dedo en la boca del kohen, o entró en su boca un alimento impuro y cosas semejantes). Rabí Eliezer dice "iivla", ya que cuando introdujo el alimento en su boca él estaba puro y el alimento estaba puro; y Rabí Iehoshúa dice "iiflot".

Los casos en los que todos coinciden en que debe escupir:

  • "tamé hayita" - le dijeron que ya al entrar a la casa había pasado por un lugar donde había un muerto y se había vuelto impuro, de modo que en el momento en que introdujo el alimento de Terumah en su boca ya estaba invalidado, y nunca le estuvo permitido comerlo.

  • "utme'ah hayta terumah" - el alimento de Terumah se había vuelto impuro horas antes, incluso antes de que lo introdujera en su boca.

  • "o noda shehu tével" - aquí no se trata específicamente de Terumah ni de un kohen, sino de cualquier persona: se enteró durante la comida de que el alimento que tiene en la boca es tével, es decir, que no fue diezmado como corresponde, y por lo tanto no es apto para el consumo.

  • "uma'aser rishon shelo nitlah terumato" - el maaser rishón es el regalo que se entrega al leví, y también él requiere ser diezmado: el leví entrega una décima parte de su maaser al kohen, y esa décima parte de la décima se llama terumat maaser. Un maaser rishón que llegó a manos del leví y del cual no se tomó la terumat maaser está prohibido para el consumo hasta que sea diezmado.

  • maaser shení y hekdesh que no fueron redimidos - el maaser shení es un alimento que en los años 1, 2, 4 y 5 debe subirse a Jerusalén y comerse allí, o bien redimir su santidad sobre una moneda; y si no lo hizo y el alimento se encuentra fuera de Jerusalén, su consumo está prohibido. El hekdesh es un alimento que fue consagrado al Beit HaMikdash y se volvió santo, y a una persona común no le está permitido comerlo hasta que sea redimido o entregado al Beit HaMikdash para su uso o venta.

  • "taam taam pishpesh" - una persona que come un alimento normal y siente en su boca sabor de pishpesh. El pishpesh es aparentemente la chinche de cama, y en hebreo moderno significa pulga, y en lo que respecta a la halajá no hay diferencia: hay un insecto en su boca, y el alimento que tiene en la boca no es apto para el consumo.

Lo común a todos estos casos es que estos alimentos nunca fueron aptos ni estuvieron nunca permitidos para el consumo. Por ello, en todas estas circunstancias incluso Rabí Eliezer está de acuerdo (él que permitió tragar el alimento que empezó a comer de manera permitida, como en el caso de la Terumah que se volvió impura después de haberla introducido en la boca), y según la opinión de todos debe escupir el alimento.

Halajá práctica:

Es un caso frecuente: una persona que comió carne y lo olvidó, y bendijo sobre un trozo de chocolate, o incluso ya lo introdujo en su boca, y solo entonces se acordó. En todos estos casos no le está permitido comer, y no cabe decir "es solo una prohibición rabínica", "ya pasó el tiempo" y cosas por el estilo. Todo lo que está prohibido para el consumo, aun por disposición rabínica, está prohibido comerlo. Y si como consecuencia de ello resulta una berachah en vano, así es la ley, y debe escupir el alimento.