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Menajot Capítulo 10, Mishná 7: Las cinco especies de cereales de Jadash y Jalá

Continuamos en el capítulo 10 del tratado de Menajot, Mishná 7, con el análisis de las prohibiciones de Jadash - la cosecha del nuevo año. Como hemos estudiado, las prohibiciones de Jadash se aplican específicamente a las cinco especies de cereales que los Sabios identificaron: trigo, cebada, avena, espelta y centeno.

El origen de la ley - Gezerá shavá "lejem" "lejem":

El fundamento de que estas especies específicamente estén sujetas a las prohibiciones de Jadash es una Gezerá shavá, una palabra en común que nos enseña sobre una definición compartida. Respecto a Jadash está escrito: "Y pan, y grano tostado, y grano fresco no comerán" - una prohibición de comer pan, es decir, pan horneado y otros productos de cereales. El concepto de "pan" aparece también respecto a la matzá, la cual es llamada "pan de aflicción".

La matzá se hace específicamente de estas cinco especies de cereales, ya que por su naturaleza son aptas para leudar. Contienen ciertas proteínas - gluten y gliadina - que actúan como una especie de andamio molecular que permite la fermentación. Otras especies, como el arroz, carecen de estas proteínas: incluso si fermentaran, no hay un andamio que permita a las burbujas de fermentación hacer que la masa suba, y se mantiene plana. Por lo tanto, resulta que las cinco especies aptas para hacer matzá son exactamente las cinco sujetas a las restricciones de Jadash - Gezerá shavá "lejem" "lejem".

La mitzvá de Jalá:

Otra mitzvá de la Torá es la mitzvá de Jalá, sobre la cual está escrito: "Y será, cuando coman del pan de la tierra, separarán una Terumah para Hashem". Esa porción que se separa de la masa se llama Jalá. Dado que el versículo lo define como comer pan, se entiende que las masas que están obligadas a la separación de la porción que se entrega al kohen son específicamente aquellas hechas de las cinco especies de cereales - las mismas especies de las que se hace la matzá llamada "pan de aflicción".

A la mitzvá de Jalá se le ha dedicado un tratado entero, y la mayoría de sus detalles se explican en su lugar correspondiente. Aquí la Mishná menciona de paso que se trata de la misma lista de cinco especies que están restringidas tanto por Jadash como por la obligación de separar Jalá.

El lenguaje de la Mishná:

  • Hajitim - trigo.

  • Vehaseorim - cebada.

  • Vehakosmin - espelta.

  • Veshibolet shual - avena, tal como se traduce para propósitos halájicos.

  • Vehashifon - centeno.

Estas cinco especies de cereales jayavin bejalá - existe la obligación de separar Jalá de ellas cuando la masa tiene la medida requerida. Esta medida es el isarón, la misma cantidad de harina de la que hablamos en relación con la preparación de las Menajot. En la práctica, se trata de entre dos libras y media y cinco libras de masa, alrededor de nueve a trece tazas de harina, y esta es la medida a partir de la cual se comienza a separar Jalá con una berachah.

La Mishná continúa: umitztarpin zeh im zeh - si se hace una masa con dos tipos de harina, un poco de trigo y un poco de cebada, o espelta y centeno que se mezclaron con agua y se amasaron en una sola masa, la cantidad total se combina para alcanzar la medida, que en el tratado de Jalá se llama cinco cuartos de kav, y que es el isarón del que hablamos. Cabe señalar que todo esto es con la condición de que se hayan amasado juntos; pero si las masas se hicieron por separado y solo después se unieron - el tema de la combinación es más complicado, y solo ciertos tipos de cereales se combinan, y no es el lugar para explicarlo aquí.

Esta misma lista de cinco especies está restringida también mele'ejol jadash milifnei hapesaj - de comerse como Jadash antes de Pésaj. "Pésaj" aquí, en la comprensión simple, es un término abreviado para una de dos cosas: el paso del 16 de Nisán, el segundo día de Pésaj, o la ofrenda del Omer en este día. La intención de la Mishná es decir que los cultivos de la nueva cosecha que están restringidos por la ley de Jadash son específicamente estas cinco especies, y no otros cultivos - como arroz, mijo y similares - que crecen en el patio trasero.

También tienen la restricción "miketzor milifnei haómer" - de cosechar antes del Ómer. Como mencionamos en una mishná anterior, el korbán del Ómer es llamado "reshit ketzircjem" (las primicias de su cosecha), y por lo tanto debe ser cosechado primero, y no se deben cosechar otros cereales antes de la cosecha de la cebada utilizada para la minjá del Ómer. Hay algunas excepciones a esta regla, y las analizaremos en las próximas mishnayot.

¿Qué determina a qué año pertenece el grano?

La respuesta es el momento del enraizamiento. "Im hishrishu kodem laómer, haómer matirán" - si el grano enraizó antes de la ofrenda del Ómer, el Ómer permite su consumo en este año, aunque todavía esté creciendo en la tierra. "Veim lav, asurin ad sheyavó ómer habá" - si una planta aún no echó raíces en el momento en que se trajo el Ómer, el grano que crece de ella no está permitido hasta que se traiga el Ómer del año siguiente, en el segundo día de Pésaj.