Continuamos en el tratado de Menajot, capítulo 10, Mishná 6. En la Mishná anterior aprendimos que, una vez traído el sacrificio del Omer, se permitía el grano del nuevo año para el consumo humano. Ahora la Mishná nos enseña que hay un plazo adicional en relación con la nueva cosecha de trigo y cebada, diferente del permiso del jadash (grano nuevo) después de traer el Omer: aunque está permitido comer del jadash después de traer el Omer, no se pueden traer ofrendas de Minjá de la cosecha de este año hasta después del balanceo de los Sheté Haléjem (los Dos Panes) en la festividad de Shavuot, casi siete semanas después.
La razón de esto es que el versículo se refiere a los Sheté Haléjem como "Minjá Jadashá", una ofrenda de Minjá nueva. ¿Y qué la hace nueva? El hecho de que proviene de la nueva cosecha. De aquí aprendemos que no se pueden traer ofrendas de Minjá de la nueva cosecha antes de la Minjá Jadashá, es decir, antes de los Sheté Haléjem. Este es, por lo tanto, un segundo límite temporal.
La fuente de la invalidez antes del Omer:
Hay un aprendizaje a partir de un versículo en Ezequiel que se refiere a "mishké Yisrael" (de las bebidas de Israel). La exégesis (derashá) indica que un alimento que no es apto (kasher), que un israelita no puede comer, tampoco puede ser ofrendado sobre el altar. Esto significa lo siguiente: antes de traer el Omer, dado que el trigo y la cebada están prohibidos para el consumo humano, también están prohibidos para ser ofrendados en el altar, y por lo tanto, como dirá la Mishná, la ofrenda es inválida incluso a posteriori (bediavad).
Por otro lado, el concepto de "Minjá Jadashá", según el cual la primera ofrenda que utiliza el nuevo grano del año debe ser específicamente los Sheté Haléjem, es solo un requisito a priori (lejatejilá). A posteriori (bediavad), si ya se ofrendó un sacrificio del jadash después de traer el Omer pero antes del balanceo de los Sheté Haléjem, es válido (kasher). Este es el fundamento de las palabras de la Mishná.
El texto de la Mishná:
"Haómer hayá matir bamediná, ushté haléjem bamikdash" - Tenemos ante nosotros dos elementos que permiten, dos mecanismos mediante los cuales se permite la cosecha del nuevo año:
"Haómer hayá matir bamediná" - Fuera del Templo, es decir, para el consumo humano, lo que lo permite es el sacrificio del Omer.
"Ushté haléjem bamikdash" - Lo que permite el uso de la nueva cosecha del año para las ofrendas de Minjá es el balanceo de los Sheté Haléjem. Las dos hogazas de pan no se colocan sobre el altar, ya que son jametz (leudados), sino que se balancean (tenufá).
"En mebiín menajot ubikurim uminjat behemá kódem laómer" - Antes de traer el Omer, no se pueden traer estos tres elementos de la cosecha del año:
Menajot - Una ofrenda de Minjá que proviene del trigo o de la cebada de este año.
Bikurim - Los primeros frutos (primicias). Estos provienen de las siete especies con las que fue alabada la Tierra de Israel: trigo y cebada, así como aceitunas, dátiles, uvas, higos y granadas. Nuestra Mishná se refiere a las dos primeras, al trigo y a la cebada, que no se pueden traer antes del Omer ni siquiera a posteriori (bediavad).
Minjat behemá - Son las ofrendas de libación (nesajim) que acompañan a cada ofrenda olá (holocausto) y cada ofrenda shelamim (sacrificio de paz), las cuales no se pueden traer antes de la cosecha del Omer.
"Veim heví, pasul" - Incluso a posteriori (bediavad), la ofrenda no es válida (kasher). Resulta que si uno colocó la Minjá en un recipiente sagrado (keli sharet), como debe hacerse antes de traer una ofrenda de Minjá, el recipiente la santifica con santidad intrínseca (kedushat haguf), y a pesar de ello no se puede ofrendar. Como se invalida incluso a posteriori, ya no se puede hacer nada con ella: se invalida al dejarla pasar la noche (liná), y finalmente debe ser quemada.
"Kódem lishté haléjem lo yavi, veim heví, kasher" - Tampoco antes de los Sheté Haléjem se deben traer a priori (lejatejilá) ofrendas de Minjá del trigo o de la cebada de este año, ni Bikurim de trigo y cebada, ni las ofrendas de libación de los sacrificios. Pero si los trajo, son válidos (kasher) a posteriori (bediavad), porque el requisito de "Minjá Jadashá" no es un requisito que invalide (meakevet) si no se cumple.
Por lo tanto, si al final una persona ofreció la minjá sobre el altar, e incluso la quemó, y ya adquirió santidad - no la invalidamos. El korban es válido bediavad, y lo hecho - hecho está, y no hay necesidad de traer otro en su lugar. Esta ley se aplica tanto a las menajot como a los bikurim: quien trae bikurim o una minjá antes de ofrecer el Omer - está obligado a traer otros en su lugar; pero quien los trae después del Omer y antes de los Shtei Halejem, aunque no se debe hacer así lejatjilá, cumplió con su obligación según todas las leyes de bediavad.
En resumen: En esta mishná aprendimos sobre dos elementos que permiten el grano nuevo - el Omer, que permite el grano nuevo "en la provincia" para el consumo humano, y los Shtei Halejem, que permiten el grano nuevo "en el Templo" para traer menajot en virtud de ser una "minjá jadashá". Antes del Omer no se deben traer menajot, bikurim ni la minjá de un animal, y si los trajo - son inválidos incluso bediavad, por la exégesis de "mimashké Israel", de que todo lo que no es apto para el consumo de Israel no se ofrece sobre el altar. Antes de los Shtei Halejem - es solo una prohibición lejatjilá, y si los trajo - es válido.