Bava Batra, capítulo 5, Mishnah 8. La Mishnah trata sobre la venta de líquidos, e incluye dos temas separados: el primer tema - cuándo ocurre la adquisición (kinyán) al verter líquidos; y el segundo tema - cuándo se considera que el comprador ha recibido el valor total de su dinero, es decir, cuántas gotas debe sacar de las paredes del recipiente, sea cual sea el recipiente.
La primera parte de la Mishnah es difícil de entender de manera simple, y la Guemará se detiene exactamente en este punto. La Mishnah discute sobre alguien que vendió vino o aceite a su compañero, y luego el precio de la mercancía subió o bajó significativamente, de modo que una de las partes desea retractarse de la transacción. En todas las leyes de adquisición, la diferencia práctica (nafka miná) es una: si se completó el kinyán, las partes no pueden retractarse; y si aún no se ha completado, tienen permiso para retractarse. La pregunta aquí, por lo tanto, es si las partes pueden retractarse o no.
La Mishnah dice: im ad shelo nitmalet hamidá - lamocher - mientras no se haya llenado la medida, por ejemplo, si están llenando un recipiente de un galón y el líquido aún no ha llegado a la marca de llenado, el líquido sigue siendo del vendedor, y por lo tanto, es posible retractarse de la transacción, ya que no se ha hecho el kinyán y no ha ocurrido la transferencia de propiedad. Pero mishenitmalet hamidá - lalokeach - una vez que el líquido ha llegado a la marca de la medida, pertenece al comprador, y ya no hay posibilidad de retractarse.
La pregunta de la Guemará:
La Guemará se sorprende por esto, ya que la ley depende de la propiedad del recipiente y de su ubicación, y las dos situaciones posibles no coinciden con el lenguaje de la Mishnah:
El recipiente pertenece al vendedor y la transacción ocurre en su dominio: el mero hecho de que el vendedor haya medido un galón de aceite no le otorga nada al comprador. El comprador debe realizar un acto de kinyán, que es la hagbahá (levantamiento). Hasta que el comprador adquiera la propiedad levantando el recipiente, el líquido pertenece al vendedor, y ambas partes siempre pueden retractarse (el vendedor - tal vez con la adición de la maldición de "mi shepara", pero ese no es el punto aquí).
El recipiente pertenece al comprador y está colocado en un lugar donde el comprador tiene derecho a adquirir: en su dominio privado, en un dominio que comparte con el vendedor, o en un callejón, como se explicó en la Mishnah anterior. En este caso, se aplica aquí algo muy cercano a un kinyán jatzer (adquisición mediante el patio), excepto que no es un kinyán jatzer propiamente dicho, sino un kinyán kelav - los recipientes de una persona adquieren para él. El recipiente es suyo, está colocado en su dominio en un lugar permitido para él, y el líquido se vierte en él y se guarda allí, por lo tanto no hay ninguna necesidad de hacer hagbahá.
Resulta que si el recipiente pertenece al comprador y se encuentra en su dominio o en un dominio compartido, cada gota que se vierte en él es adquirida inmediatamente por él, y nunca hay posibilidad de retractarse de la transacción. Siendo así, ¿sobre qué está hablando la Mishnah, y de dónde surge la sorprendente conclusión a la que llega?
La resolución de la Guemará - un recipiente prestado:
La Guemará explica que se trata de un comprador y un vendedor que no tienen un recipiente propio, y deben pedir prestado un recipiente para el propósito de la transacción. Por ejemplo, un intermediario reunió a las partes, y acordaron entre ellos que el comprador adquiriría un galón de aceite por cien shekalim - se acordaron las condiciones, pero no tienen un recipiente en sus manos. Viene un tercero, y para los propósitos de la discusión digamos que es el corredor (pero podría ser cualquier persona), y presta un recipiente para la transacción.
Y aquí surge la pregunta: ¿a quién le presta el recipiente? Si se lo prestó al vendedor, se aplican las leyes del recipiente del vendedor, y el líquido nunca es adquirido por el comprador hasta que lo levante (hagbahá). Y si se lo prestó al comprador, entonces el recipiente es suyo desde el principio, y si se encuentra en su dominio físico - en un terreno en el que tiene una parte o en un callejón - cada gota que entra en él es adquirida por él inmediatamente.
La resolución de la Guemará, y esta es la única novedad fundamental de la Mishnah aquí: el tercero presta el recipiente al vendedor siempre que no esté lleno, pero una vez que el recipiente se ha llenado, el vendedor ya no tiene ninguna necesidad ni uso para él, y a partir de ahora su único propósito es que el comprador adquiera el líquido. Por lo tanto, en el momento en que el recipiente se llena en la medida requerida, el préstamo pasa del vendedor al comprador, y el tercero se lo presta ahora al comprador. Y dado que el comprador es el propietario en virtud del préstamo, adquiere todo lo que se vierte en el recipiente mediante la ley de kinyán kelav (adquisición mediante su recipiente).
Repasemos el lenguaje de la Mishnah para que las cosas queden completamente claras: hamocher yayin veshemen lachavero - Reuven vendió su vino o su aceite a Shimón; hukru vehuzlu - y luego el precio subió o bajó, y la pregunta es si es posible retractarse. im ad shelo nitmalet hamidá - lamocher - mientras el recipiente no se haya llenado, está prestado al vendedor, la transacción aún no se ha completado, y ambas partes pueden retractarse. mishenitmalet hamidá - lalokeach - una vez que se ha llenado por completo, el recipiente es prestado inmediatamente al comprador, y sus recipientes adquieren su contenido para él, y ya no pueden retractarse.
"Ve'im hayah sarsur beineihen":
Aquí la Mishná comienza una nueva sección. En la línea anterior, el intermediario solo estaba involucrado en pedir prestado el recipiente, mientras que aquí el intermediario hace el trabajo él mismo y se ensucia las manos vertiendo el líquido. El comprador le dice al intermediario: "Quiero comprar aceite, consígueme un galón de aceite por cien shékels". El intermediario va al proveedor y le dice: "Quiero comprarte aceite a noventa shékels el galón", ya que debe venderlo a cien, y la diferencia de diez shékels es su ganancia. Por lo tanto, el intermediario llena su propio recipiente, con la intención de transferirlo al comprador.
La pregunta implícita que la Mishná viene a responder es: ¿el estatus del intermediario es como el de un emisario (shaliáj) - es decir, que actúa en nombre del comprador, y en tal caso el aceite pertenece al comprador de inmediato; o acaso actúa en nombre propio, y es como un comprador intermedio que venderá la mercancía más adelante al comprador final? La Mishná adopta la segunda opción: una vez que el intermediario entra en escena y vierte en su propio recipiente, el aceite le pertenece a él, y luego se lo venderá al comprador que lo autorizó a conseguir el aceite.
Y siendo así, si después de que el intermediario llenó su recipiente este se rompe, se pierde o es robado, ¿quién asume la pérdida económica? Ni el comprador ni el vendedor, sino el intermediario que está en el medio, ya que él realizó un acto de adquisición (kinyán) en el momento en que vertió el aceite del proveedor en su recipiente. Y este es el lenguaje de la Mishná: "Ve'im hayah sarsur beineihen" - si hubo una etapa intermedia en la que el intermediario recibe la mercancía, "nishberah hejavit - nishberah lasarsur" - si se rompió el barril, se rompió para el intermediario, y el intermediario es quien asume la pérdida.
Cuándo recibió el comprador la medida completa:
De aquí en adelante, la Mishná comienza con un tema completamente nuevo, a tal punto que podría haber servido como el comienzo de una Mishná independiente. Hasta ahora nos hemos ocupado de la cuestión de cuándo termina la transacción y a quién pertenece el producto; de aquí en adelante, la Mishná se ocupa de la pregunta de en qué etapa se puede decir que el comprador recibió la cantidad de líquido que le corresponde. La idea es esta: un líquido que se vierte de un recipiente, y especialmente el aceite, se adhiere a las paredes, y por lo tanto continúa goteando en cantidades cada vez menores durante todo un día. Alguien que entra a una tienda y pide un galón de aceite, y el tendero le vierte de su recipiente al balde que trajo consigo - ¿cuánto tiempo debe quedarse sobre el balde y dejar que el recipiente se vacíe, y esperar a cada resto que quedó pegado a las paredes?
Esta pregunta también se aplica al vino. Si bien el vino es más ligero y se derrama con mayor facilidad, hay que recordar que sus recipientes eran de arcilla, cuyo interior no es liso, y probablemente el líquido se adhería a sus paredes aún más. De una u otra forma, la pregunta persiste: ¿cuánto tiempo está obligado el vendedor a quedarse sobre el recipiente del comprador y dejar que su recipiente se vacíe?
La Mishná dice: "Vejayav lehatif lo shalosh tipin" - el vendedor debe esperar hasta que el vertido se convierta en un goteo de gotas individuales, y a partir de esa etapa debe esperar a que caigan tres gotas. Con eso es suficiente. La suposición es que el comprador renuncia y declara sin dueño (hefker) todo el resto que queda, y ya no tiene ninguna queja ni reclamo sobre los restos de líquido en las paredes.
Y por lo tanto: "Hirkino vemitzah - harei hu shel mojer". Si después de que salieron las tres gotas el vendedor inclinó su recipiente de lado, y el aceite se acumuló en el fondo hasta que en un vertido adicional salió de él no solo un goteo sino incluso un pequeño chorro - este resto pertenece al vendedor. Una vez que salieron las tres gotas, el comprador dice: "Eso es suficiente, y renuncio a la última parte", y el resto vuelve a ser propiedad del vendedor.
Aún más dice la Mishná: "Vehajenvani" - el tendero, que trabaja en una tienda de comestibles donde ocurren muchas cosas, no puede quedarse parado diez minutos hasta que salgan las últimas tres gotas. Por lo tanto, tiene permitido verter hasta que se vacíe el recipiente, y no se le exige esperar ni siquiera esos breves segundos de las tres gotas, ya que todos están esperando en la fila y él se encuentra bajo presión. Así, el comprador en la tienda renuncia ya en el momento en que el líquido deja de derramarse libremente.
Rabí Yehudá discrepa y sostiene que durante todo el año el tendero está obligado a esperar a las tres gotas como cualquier persona, y no tiene ninguna exención especial, y la gente esperará con paciencia. Pero en la víspera de Shabat al anochecer, cuando todos están apurados y nadie tiene tiempo, el tendero está exento de esperar a las tres últimas gotas, ya que todos renuncian a ellas por el deseo de llegar a casa para Shabat y agilizar la fila.
La Halajá, por otro lado, se dictaminó según la opinión del Taná Kamá, de que el tendero está exento de esperar a que caigan las últimas tres gotas en todo momento.