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Avodá Zará Capítulo 1, Mishná 4: Las festividades de la ciudad y las prohibiciones de compra

Avodá Zará, capítulo 1, mishná 4. En la mishná anterior tratamos las restricciones que recaen sobre una persona individual en el día de su festividad personal. En nuestra mishná pasamos a tratar las festividades locales, es decir, una ciudad o aldea que celebra una festividad propia y exclusiva de ellos.

"Ir sheiesh ba avodá zará" (una ciudad en la que hay idolatría):

  • "Ir sheiesh ba avodá zará - jutzá la mutar" - Las prohibiciones se aplican únicamente dentro de los límites de la ciudad, mientras que fuera de ella está permitido comerciar con las ciudades vecinas.

  • "Haiá jutzá la avodá zará - tojá mutar" - Si la zona circundante celebra una festividad idólatra pero la ciudad misma no la celebra, está permitido hacer negocios dentro de ella.

"Mahu lilej lesham?" (¿está permitido ir hacia allí?):

La mishná pregunta si acaso está permitido en absoluto entrar en una ciudad en la que se lleva a cabo una festividad de idólatras, no sea que quienes lo vean piensen que el judío viene a participar en la celebración. Su respuesta distingue entre dos situaciones:

  • "Bizmán shehaderej meiujedet leotó makom" - Cuando el camino conduce únicamente a esa ciudad y no continúa más allá de ella. En tiempos de la mishná esta era una situación frecuente, ya que los caminos eran pocos y terminaban en las afueras de la ciudad. En tal caso está prohibido ir hacia allí en ese día, pues aunque la intención de quien va sea un asunto completamente distinto, quienes lo ven piensan que viene a participar en su festividad.

  • "Veim haiá iajol lehalej ba lemakom ajer" - Cuando el camino atraviesa la ciudad y sale por el otro lado, está permitido entrar en ella, pues quienes lo ven suponen que no viene a celebrar la festividad idólatra sino que pasa por la ciudad de camino a su destino.

En todo caso, quien reside en esa ciudad ciertamente puede venir a ella en el día de la festividad, pues regresa a su casa y quienes lo ven no le atribuyen otra cosa.

Tiendas adornadas y no adornadas:

La mishná continúa (y en el Talmud Bavlí estas palabras se presentan como una mishná independiente): "Ir sheiesh ba avodá zará vehaiú ba januiot meuterot veshéenán meuterot". En una ciudad en la que se lleva a cabo una festividad hay dos tipos de tiendas:

  • Tiendas adornadas: su fachada está decorada con frutas y cosas semejantes, como señal de que las ganancias de la actividad que se realiza en ellas, o los impuestos que se recaudan en ellas, están destinados a financiar la festividad local.

  • Tiendas no adornadas: tiendas comunes que no tienen adorno alguno, y las compras que se realizan en ellas o los impuestos que se recaudan en ellas no van al sostén de la festividad.

La pregunta es, por lo tanto, si está permitido comprar en el día mismo de la festividad en una tienda que no indica que sus ganancias o sus impuestos estén destinados a la celebración local.

Hubo un caso en la ciudad de Bet Shean, en la que esta situación se planteó en la práctica. (Bet Shean, cuyas ruinas se conservan hasta el día de hoy en el valle del Jordán, era en tiempos de la mishná una ciudad mixta de judíos y gentiles, y vale la pena visitarla y comprender desde dentro el carácter del lugar y el modo de vida de los gentiles en aquellos días; el paisaje es sumamente impresionante.)

Se planteó la pregunta de si los habitantes de Bet Shean pueden comprar en tiendas que no están decoradas, dado que el dinero que se encuentra en ellas no va destinado a apoyar la festividad local. "Veamru jajamim: hameuterot asurot vesheinan meuterot mutarot" - en las tiendas decoradas, cuyos impuestos e ingresos apoyan la festividad, está prohibido comprar; mientras que en las tiendas que no tienen esa marca y no dan testimonio de apoyo a la festividad, está permitido comprar.

Resolución de la contradicción con las Mishnayot anteriores:

Esta Mishná suscita una pregunta evidente: en las Mishnayot anteriores aprendimos que está prohibido comprar del gentil en el día de su festividad. ¿Cómo, entonces, permite aquí la Mishná comprar en una tienda que no está decorada? ¿Cómo se concilian ambas Mishnayot?

El Bartenura, siguiendo a Rashi, distingue entre mercancía perecedera y mercancía no perecedera. La mercancía que está a punto de echarse a perder si no se vende: el gentil se alegra y se regocija de venderla, y por lo tanto comprarla le produce alegría. En cambio, al comprar cosas que él podía guardar para un momento posterior, no se emociona ni ello le causa alegría adicional. Este tipo de compra es la que está permitida en una tienda que no está decorada.

En los comentaristas se encuentran respuestas adicionales. Rav Hai Gaón ofrece una explicación destacada que muchos siguieron: hay que distinguir entre una compra ordinaria y una compra que implica un ahorro de dinero. Cuando en las festividades se ofrecen grandes rebajas, como es costumbre también en nuestros días, y el judío necesita esa mercancía, y comprarla hoy le ahorrará mucho dinero, esto entra en la categoría de 'dabar haaved' (cosa que se pierde). El asunto no se refiere a la ganancia del gentil, que está prohibida en el día de la festividad, sino al rescate del dinero del judío. En tal caso le está permitido comprar ese día, ya que las restricciones de la Mishná anterior se dijeron respecto a una transacción general, y no respecto al dabar haaved.

Según esto, nuestra Mishná innova que el asunto depende: incluso cuando el judío va a ahorrar dinero, si el dinero que entrega está gravado con impuestos o destinado a beneficio de la festividad idólatra local, no le está permitido comprar allí. Pero cuando se trata de un dabar haaved, en el que la compra le ahorra dinero y el dinero no va destinado a apoyar directamente la festividad, el vendedor no se alegra de esta compra, ya que está otorgando un descuento; y los Sabios no obligaron al judío a asumir la pérdida de un dabar haaved y a abstenerse de la compra solo porque la rebaja coincida con el día en que los idólatras celebran su festividad.

En resumen: en esta Mishná aprendimos que las prohibiciones de la festividad local se limitan solo al lugar que la celebra: "jutzá la mutar" (fuera de ella está permitido) y "tojá mutar" (dentro de ella está permitido); que la entrada a la ciudad que celebra está prohibida cuando el camino es exclusivo de ese lugar, y permitida cuando por él se puede continuar hacia otro lugar; y que en la ciudad que celebra está prohibida la compra en las tiendas decoradas, cuyas ganancias e impuestos apoyan la festividad, y permitida en las tiendas que no están decoradas, como el caso de Bet Shean. Asimismo, tratamos la resolución de la contradicción con las Mishnayot anteriores: según Rashi y el Bartenura, el permiso se aplica a la mercancía no perecedera, en cuya venta el gentil no se alegra; y según Rav Hai Gaón, el permiso se aplica al dabar haaved, cuando el judío viene a rescatar su dinero y este no llega a beneficio de la festividad.