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Avodá Zará Capítulo 4, Mishná 3: un jardín y una casa de baños de la idolatría

Avodá Zará, capítulo 4, mishná 3. Nuestra mishná trata sobre cosas que están relacionadas con la idolatría e identificadas con ella, pero que no la adoran, no la glorifican ni la adornan directamente, y tampoco son un accesorio de sus accesorios. Los ejemplos que toma la mishná son un jardín o una casa de baños que se encuentran en el entorno general del ídolo y su templo, que no están allí para su servicio ni para glorificarlo, sino que son parte del patrimonio ampliado del ídolo y su templo. En ciertas circunstancias se permitirá disfrutar de ellos.

Texto de la mishná:

"Avodá zará shehaiá lah guiná o merjatz - nehenín mehén sheló betová, veén nehenín mehén betová" - un ídolo al que están unidos en su dominio un jardín o una casa de baños: está permitido disfrutar de ellos cuando no se da un 'favor', y está prohibido disfrutar de ellos cuando se da un 'favor'.

¿Qué es ese 'favor'?

  • Opinión de la mayoría de los Rishonim: 'favor' significa dinero. Cuando una persona paga una suma por la entrada a la casa de baños vinculada al templo del ídolo, resulta que su dinero beneficia al sacerdote que sirve al ídolo, y con ello apoya el servicio del ídolo mismo, y por lo tanto esto está completamente prohibido. Pero si entra gratis, el disfrute está permitido.

  • Opinión de Rabenu Tam: 'favor' incluye incluso el mero hecho de decir gracias al dueño de la casa, es decir, al sacerdote, y también eso está prohibido.

La halajá pondera estas dos opiniones.

Un jardín y una casa de baños de propiedad compartida:

"Haiá sheló veshel ajerim - nehenín mehén ben betová uvén sheló betová" - si la casa de baños o el jardín vinculados a la casa del ídolo se encuentran en propiedad compartida de los sacerdotes del templo junto con otros que no son idólatras, e incluso un judío, está permitido disfrutar de ellos tanto con favor como sin favor.

Según el enfoque de que el favor se refiere a un pago monetario, explica la Guemará que la suma de dinero que se paga es menor que el precio habitual de una entrada general a una casa de baños pública en otro lugar. Resulta entonces que aquí no hay un verdadero disfrute del ídolo, sino un hallazgo que la persona obtiene por sí mismo. Asimismo, el dinero no beneficia al sacerdote, ya que va al otro socio que no es idólatra, y por lo tanto no es un disfrute prohibido.