Continuamos en el primer capítulo del tratado de Sanedrín y llegamos a la Mishná que trata sobre el tribunal de veintitrés. Solo se le dedicó una Mishná, ya que este tribunal está destinado a un asunto específico: casos de pena capital, situaciones en las que una persona podría ser ejecutada. La Mishná establece esto en sus primeras cuatro palabras, y todo el resto de la Mishná está dedicado a un segundo punto - que la misma regla se aplica también cuando se va a ejecutar a un animal. La Mishná detallará las causas por las cuales un animal podría ser condenado a muerte por un tribunal, y establecerá que también es juzgado exactamente de la misma manera: en un tribunal de veintitrés, con testigos y demás, tal como se procede con una persona. Aprenderemos esto de los versículos, como veremos más adelante.
"Dinei nefashot be'esrim ushloshah":
Los juicios en el tribunal que implican la posibilidad de la pena de muerte requieren un tribunal de veintitrés. El origen del número veintitrés lo aprenderemos en la próxima Mishná, más adelante en este capítulo, con la ayuda de Dios.
"Harovea vehanirba":
Estas expresiones se refieren a animales y no a seres humanos, y la intención es el acto de bestialismo. "Harovea" - un animal macho, "vehanirba" - un animal hembra. Cuando un hombre o una mujer tienen relaciones con un animal, un acto inconcebible, la pena de muerte se aplica no solo a la persona sino también al animal. La ejecución del animal, al igual que la ejecución de la persona, requiere un tribunal de veintitrés.
La fuente de esto se encuentra en los versículos:
"Veharagta et haishah ve'et habehemah" - el versículo vincula la ejecución de la mujer con la ejecución del animal, y de aquí se deduce que el juicio del harovea requiere un tribunal de veintitrés.
"Ve'et habehemah taharogu" - esta es solo una cita parcial del versículo completo, que trata sobre la ejecución de un hombre: "Y cualquier hombre que tenga cópula con un animal, será muerto" - este es el hombre, "y mataréis al animal" - y este es el animal. También aquí se requiere un tribunal de veintitrés, tanto para él como para el animal.
"Shor haniskal be'esrim ushloshah":
Un toro que corneó y mató a una persona es condenado a muerte, siempre y cuando se haya comprobado en un tribunal de veintitrés que esto efectivamente ocurrió. Como está escrito: "Hashor yisakel vegam be'alav yumat". Si el versículo se leyera en su sentido literal, significaría que al igual que el toro es apedreado, así también su dueño es ejecutado. Sin embargo, la Guemará en otro lugar descarta esto y lo aprende de otro versículo: "El heridor morirá, es un asesino" - solo una persona que hiere a su prójimo y lo mata es condenada a muerte, pero cuando no es la persona misma quien causó la muerte, sino su propiedad, su dueño no es ejecutado. Entonces, la vinculación de la persona y el animal juntos viene a enseñar sobre el método del juicio: al igual que la persona es juzgada en un tribunal de veintitrés, así también el toro que es apedreado - el animal cuyo apedreamiento se debe a que mató a una persona - es juzgado en un tribunal de veintitrés.
Cabe señalar que esto no se aplica únicamente a los toros. La ley del toro que es apedreado se aplica por igual a cualquier animal que haya matado a una persona. La Guemará trae un relato sobre un gallo que picoteó la fontanela de un bebé - la parte blanda de su cráneo - y el bebé murió, y ejecutaron al gallo. La Torá mencionó un toro solo como ejemplo.
Animales salvajes de propiedad privada:
Más aún: además de los animales domesticados que tienen dueño, incluso una persona que posee un animal salvaje - su ley es la misma. Los animales salvajes enumerados aquí son los seis que siempre se consideran propensos a dañar por naturaleza, los animales que siempre son peligrosos:
Hazeev - El lobo.
Vehaari - Y el león.
Vehadov - Y el oso.
Vehanamer - Y el leopardo.
Vehabardelas - El Rosh y el Rambam disienten sobre su identificación. Muchos explican que es la hiena, aunque desde un punto de vista etimológico es más probable que se trate del guepardo. De cualquier manera, es un animal peligroso.
Vehanajash - Y la serpiente.
Y para todos ellos la Mishná establece: Mitatán beesrim ushloshá - Su muerte es juzgada por veintitrés (jueces).
El fundamento de esto es que estos animales son considerados benei tarbut, es decir, que pueden ser domesticados. Una persona que tiene un león como mascota, y ese león sale y mata a un ser humano, no puede eximirse alegando: "Pensé que estaba domado". El león es condenado a muerte por haber matado a una persona, y dado que es propiedad del hombre, esta propiedad debe pasar por el proceso legal como cualquier toro que es apedreado (Shor Haniskal). La novedad es que, aunque se trata de animales peligrosos, y se podría pensar que el hombre no tiene ningún interés en domesticarlos y que la regla no debería aplicarse a ellos - también están incluidos. Después de todo, según todas las opiniones, un animal salvaje común - ya sea un oso o un león - que sale de los arbustos y mata a una persona, no hay duda ni necesidad de un juicio de la Torá sobre él, y quien lo mata primero le hace un gran favor al público, ya que no pertenece a nadie y es hefker (sin dueño). Sin embargo, cuando estos seis animales son propiedad de una persona, son su propiedad, y por lo tanto, su juicio debe realizarse en un tribunal de veintitrés jueces.
Disputa entre los Tanaim:
Rabi Eliezer: Kol hakodem lehorgan zajá - Quien se adelanta a matarlos gana (el mérito), no hay necesidad de un tribunal de veintitrés. Si un vecino tenía un león, un oso o un leopardo, y el animal salió y mató a una persona, cualquiera que se apresure a matarlo gana, y tiene el mérito y la virtud de hacerlo, ya que está salvando al público. Su razón: dado que resultó que estos animales son asesinos, se revela retrospectivamente que no son domesticables y no están domados, sino que son animales salvajes. Por consiguiente, la persona no tiene derecho de propiedad sobre ellos, no son suyos, y dado que no son de propiedad privada - cualquiera que los mate hace lo correcto y gana el mérito.
Rabi Akiva: Mitatán beesrim ushloshá - Deben ser juzgados a muerte en un tribunal de veintitrés. Aparentemente, esta es la opinión del Tana Kama, ya que ambos mencionaron veintitrés respecto a un animal de propiedad privada, solo que Rabi Akiva hace una distinción entre los primeros cinco mamíferos peligrosos (lobo, león, oso, leopardo y bardelas) y la serpiente. La serpiente, en su opinión, no es domesticable en absoluto, es un reptil y es imposible de domar, y siempre es peligrosa - y por lo tanto, concuerda respecto a ella que quien se adelante a matarla gana el mérito.
Hay que cuidarse de un error común: muchas veces, cuando se dice "quien se adelanta gana" (zajá), significa que el primero adquiere la cosa, la conserva para sí mismo y la disfruta. Esta no es la explicación aquí. Un Shor Haniskal (toro que es apedreado) y todos estos animales que van a ser ejecutados están prohibidos de provecho (asurim behaanaá), y no se puede obtener ningún beneficio de ellos. No significa que el que gana tiene derecho a hacer una alfombra con la piel del león. El león debe ser matado y está prohibido aprovechar su cadáver - pero es un mérito para el que se adelanta a hacerlo.
Halajá:
Así como se requiere un tribunal de veintitrés para aplicar la pena de muerte a un ser humano - y más adelante en el tratado nos ocuparemos cada vez más de las penas de muerte y de la enorme dificultad de ejecutar a una persona en la práctica - lo mismo ocurre en principio también con los animales. El Rambam, de manera interesante, parece dictaminar de acuerdo con Rabi Akiva: los animales de propiedad privada, e incluso un león o similares, requieren un tribunal de veintitrés, mientras que una serpiente no lo requiere. Este fallo es sorprendente, y el Raavad disiente con él. Por lo tanto, la manera de juzgar a una serpiente es motivo de controversia incluso en el Shulján Aruj. De todos modos, fundamentalmente la Halajá es que un animal que mató es condenado a muerte, pero el asunto requiere un tribunal de veintitrés.