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Bava Kama Capítulo 5, Mishná 3: Animales en el patio del prójimo

Bava Kama, Perek 5, Mishnah 3. Continuamos desde la Mishnah anterior, y esta vez trataremos sobre un animal que ingresó al patio del prójimo - sin permiso y con permiso - y la división de la responsabilidad entre el dueño del animal y el dueño del patio.

Hichnis shoro lachatzer baal habayit shelo birshut - Si introdujo su toro al patio del dueño de la casa sin permiso:

Reuven y Shimon son vecinos, y Reuven introdujo su animal al patio de Shimon sin permiso. Dice la Mishnah: Unegacho shoro shel baal habayit o sheneshacho kalbo shel baal habayit - patur - si el toro del dueño de la casa lo corneó o su perro lo mordió, está exento. Si el toro de Shimon corneó al animal de Reuven, o si su perro lo mordió, Shimon está exento de pagar por el daño que causaron sus animales, ya que ¿qué tenía que hacer el animal de Reuven en su patio?

¿Y cuál es la diferencia entre la cornada del toro y la mordedura del perro? Los perros son agresivos por naturaleza, y cuando un animal entra en su territorio es casi seguro que lo morderán. Por lo tanto, habría lugar a decir que desde el momento en que Shimon sabe que el animal de Reuven se encuentra en su patio, recae sobre él la obligación de controlar a su perro. La Mishnah nos enseña que no es así, y que no es su responsabilidad en absoluto. Reuven no tiene nada que buscar allí con su animal, y debe asumir las consecuencias si es atacado por los animales de Shimon.

Nagach hu shoro shel baal habayit - chayav - Si este corneó al toro del dueño de la casa, es responsable:

Por el contrario, si el animal de Reuven corneó al toro de Shimon, Reuven está obligado a pagar, ya que su animal no tenía permiso para estar allí. Con un shor tam la ley es chatzi nezek. Sin embargo, como aprendimos al principio del tratado, según la opinión de Rabí Tarfón - cuya opinión no es la halajá - un shor tam que dañó en la propiedad del perjudicado, en un lugar que no es suyo, paga nezek shalem.

Nafal labor vehivish meimav - Si cayó a un pozo y arruinó su agua:

Si el animal de Reuven cayó al pozo de Shimon y arruinó su agua, es responsable. ¿Y bajo qué av nezek? Los Poskim discuten al respecto:

  • El Taz: Este es un caso de regel - el animal actúa de forma natural, camina y daña a través de su marcha, y como está sucio, ensucia mientras camina. Por lo tanto, paga nezek shalem.

  • El Sma: Este es un caso de keren, ya que no es natural en los animales nadar en depósitos de agua y pozos y dañar de esta manera - es un acto inusual, y por lo tanto paga chatzi nezek y no nezek shalem.

Es importante precisar: el daño mencionado ocurre en el momento de entrar al agua. Sin embargo, si el animal permanece en el pozo, y por el solo hecho de yacer en el agua durante tres días la contamina, esto no es regel y tampoco keren, sino bor. El animal yace inmóvil y funciona como un objeto inanimado, y el agua se arruina a causa del obstáculo. Aunque por lo general un bor es un obstáculo con el que el animal entra en contacto, y aquí el agua es la que entra en contacto con el obstáculo que se encuentra en su interior - aun así, se considera bor.

De aquí surge una nafka miná importante. Como mencionamos, y lo veremos explícitamente más adelante en el Perek, se enseñó una drashá: Shor velo adam, chamor velo kelim - un toro y no una persona, un asno y no utensilios - aquel que crea un obstáculo bajo la categoría de bor no paga por los daños que su bor haya causado a cosas que no sean seres vivos. Y aunque la drashá menciona "kelim", la misma ley se aplica al agua. Por lo tanto, si el daño al suministro de agua fue causado por el animal que yacía allí y funcionaba como un obstáculo de bor, Reuven está exento de pagar a Shimon por los daños a su agua, ya que quien daña agua bajo la categoría de bor está exento.

Haya aviv o beno letocho - meshalem et hakofer - Si el padre o el hijo (del dueño de la casa) estaba dentro, paga el kofer:

¿Cuál es la halajá si, en el momento en que la bestia saltó dentro del pozo, el padre o el hijo de Shimón estaban dentro? Esto no depende exclusivamente del padre o del hijo, y aplica incluso a un buen amigo, sino que lo habitual es que quien se encuentra en la reserva de agua para lavarse o sacar agua es alguien del lugar. Si la bestia saltó sobre la persona y la mató, el propietario - Reuvén, que permitió que su bestia entrara al patio de Shimón - paga un rescate (kófer).

Ya hemos estudiado la opinión del amora Rav, de que no hay obligación de pagar kófer excepto en el caso de un animal muad, es decir, que ya hizo esto tres veces: una bestia que saltó sobre personas dentro de pozos de agua y se estableció su presunción de hacerlo tres veces, y por esta razón entra la obligación del kófer. Y si preguntas: si ya mató a personas, ¿cómo es que aún existe en el mundo, si debería haber sido apedreada? La respuesta es que escapó de la justicia, o que la forma de la muerte estaba exenta, todo según a quién mató. De todas formas, según la opinión de Rav se requiere aquí una situación de muad: la bestia saltó sobre personas tres veces en el pasado, y el dueño lo sabe, y por lo tanto Reuvén asume la responsabilidad completa de pagar el kófer.

Si la bestia saltó dentro del pozo para conseguir comida que flotaba en él, como hojas de nenúfar o similares, y no prestó atención a las personas dentro de él - no está sujeta a la pena de muerte por ello, pero sí hay obligación de pagar el kófer. Cabe destacar que, según la opinión del Mahará Shmuel, con quien la halajá no concuerda, el kófer se paga incluso por un animal tam y no solo por un muad.

"Im hijnís birshut - baal hejatzer jayav" - Si lo introdujo con permiso, el dueño del patio es responsable:

Si Reuvén introdujo su bestia en el patio de Shimón con permiso, y el toro de Shimón corneó o su perro mordió a la bestia de Reuvén - Shimón está obligado a pagar. El motivo: el Tana que tenemos ante nosotros es el mismo Tana de las dos Mishnayot anteriores, quien opina que al dar permiso a su compañero para usar su terreno, acuerda implícitamente asegurarse de que no le ocurra ningún mal, al menos bajo la categoría de shomer jinam, y asume la responsabilidad de proteger la propiedad de su compañero de cualquier daño. Puesto que Shimón permitió a Reuvén introducir su bestia, si esta bestia es dañada por su perro - debe pagar el daño.

"Rabi omer: bekulan eino jayav ad sheyekabel alav lishmor" - Rabí dice: En todos ellos no es responsable hasta que acepte sobre sí mismo cuidar:

Rabí - es decir, Rabí Yehudá HaNasí - disiente, y así es la halajá. En todos los casos enumerados, con vasijas, con frutos y con animales, no hay diferencia: el mero hecho de dar permiso para usar el patio, el almacén o la propiedad no incluye el acuerdo de cuidar los objetos del usuario y protegerlos del daño. A menos que el dueño de la casa haya aceptado explícitamente sobre sí mismo cuidar, no es responsable de ello. Por lo tanto, según Rabí, Reuvén debe tener cuidado al introducir su bestia en el patio de Shimón y asegurarse de que no sea dañada; y si fue dañada - no es culpa de Shimón, y no está obligado a pagar.

Y también a la inversa: si la bestia de Reuvén corneó al toro de Shimón, o pisó la pata de su perro y causó algún daño, Shimón no tiene ningún reclamo contra Reuvén. Porque fue Shimón quien dio permiso a Reuvén para introducir la bestia, y aunque según Rabí, y así es la halajá, él no asume la responsabilidad de cuidar los objetos de Reuvén, le permitió el uso del terreno. Por esa razón, si ocurrió un daño a las pertenencias de Shimón, no es culpa de Reuvén, quien actuó allí con permiso, y no hay lugar para una demanda que lo obligue a pagar.

En resumen: En esta Mishná aprendimos que si alguien introduce su bestia en el patio de su compañero sin permiso - el dueño del patio está exento de los daños causados por su toro y su perro a la bestia, mientras que el dueño de la bestia es responsable de los daños que esta cause. Nos detuvimos en la disputa del Taz y el Smá sobre una bestia que cayó a un pozo y echó a perder sus aguas, si su categoría es como Regel o como Keren, y en la manera en que la propia bestia se convierte en un peligro de Bor, donde se está exento por la exégesis de "un toro y no una persona, un burro y no vasijas". Estudiamos la obligación del kófer por una bestia que mató a quien se encontraba en el pozo, y el requisito de Rav de que sea muad. Y finalmente: si lo introdujo con permiso - según el primer Tana, el dueño del patio es responsable bajo la ley de shomer jinam, mientras que según Rabí, y así es la halajá, no es responsable hasta que acepte sobre sí mismo explícitamente cuidar.