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Bava Batra Capítulo 3, Mishná 5: Jazaká entre socios

Bava Batra, capítulo 3, mishná 5. Hasta ahora nos hemos ocupado de la jazaká sobre las casas y del modo de establecer la jazaká de propiedad. El principio era que cuando surge una disputa sobre los derechos de un bien, se supone que los derechos permanecen en manos del propietario original, a menos que quien posee el bien alegue que lleva sentado en él tres años, que tiene un argumento que explique por qué tenía derecho a estar allí durante los últimos tres años, y que el propietario original (mará kamá) no protestó.

La jazaká sobre un bien privado:

Ilustremos con un ejemplo, que luego contrastaremos con nuestra mishná: una persona que construye un depósito en el patio trasero de otra. Este es un uso al que la gente presta atención, y una persona común habría protestado: "¿Cómo se te ocurre construir un depósito en mi patio?". Si el depósito estuvo allí tres años y ahora el dueño del patio quiere quitarlo, el poseedor acude al tribunal y alega: "Había un acuerdo entre nosotros, y él me dio permiso para estar aquí". No tiene documento, y los detalles de la historia no cambian nada, lo esencial es que tenga un argumento en su boca. El tribunal aceptará sus palabras y preguntará al dueño del patio: si no fue así, ¿por qué no protestaste durante estos tres años? En un caso así el poseedor es creído, ya que no es habitual que una persona deje a su vecino construir un depósito en su patio sin permiso durante tres años.

Socios, una ley distinta:

La situación es diferente cuando se trata de socios, y ese es el contexto de nuestra mishná. Dos vecinos que tienen un patio compartido, con las entradas de sus casas dando hacia él, lo comparten en partes iguales. El significado del concepto de 'socio' en la halajá es que ambos socios tienen derecho a la totalidad de la cosa: todo el patio es mío y todo el patio es tuyo, y mis hijos pueden jugar en cualquier lugar del patio, y también los hijos de mi socio.

Supongamos ahora que uno de los socios coloca su bicicleta en cierto lugar del patio, y con ello impide que los hijos de su compañero jueguen en ese lugar, y la bicicleta permanece allí durante años. Cuando el segundo socio quiera moverla, el primero le responderá: "Tengo derecho a estar aquí. La bicicleta lleva aquí tres años y nunca dijiste nada". Pues bien, el tribunal no dirá en un caso así que una persona común habría protestado, y que la ausencia de protesta durante tres años prueba consentimiento. Dado que ambos tienen derecho a usar el patio, el hecho de colocar la bicicleta durante mucho tiempo no prueba nada: el segundo socio piensa para sí que cada vez que necesite el lugar le pedirá a su compañero que mueva la bicicleta, pues no es algo fijo. Aunque estuvo allí muchos años, ahora cambió de parecer.

Resulta que con un objeto que no es fijo el socio no está obligado a protestar por el uso de su compañero, ya que ambos tienen derecho a usar el patio. Por lo tanto, el argumento que se presenta en el tribunal, de que no protestó durante tres años, no prueba nada, porque no es habitual que un socio se moleste por ello.

Uso temporal frente a estructura permanente:

Nuestra mishná distingue entre dos tipos de uso: uso temporal, como la bicicleta que estuvo en su lugar muchos años y puede trasladarse al otro lado del patio con un movimiento de dedo; y uso permanente, como un cobertizo fijo que uno de los socios construyó para guardar su bicicleta, unido al suelo y que forma parte del patio. Una estructura así no se mueve con un movimiento de dedo, y en un caso así el socio sí protestará por el apoderamiento permanente del patio por parte de su compañero; y si no protestó, su silencio da testimonio de su consentimiento.

La disputa de los Rishonim en el alcance de la jazaká entre socios:

  • La opinión del Bartenura (que sigue la opinión de Tosafot y del resto de nuestros maestros ashkenazíes, y así dictamina el Ramá) - la ley de los socios es exactamente como la ley de la jazaká sobre las casas. La mera construcción del cobertizo no otorga propiedad, y se requiere también un argumento de derecho. Los tres años de ausencia de protesta por el cobertizo en el patio compartido sirven como prueba de su argumento de que el segundo socio le dio permiso para usar esa área. No adquiere el derecho de uso por la sola invasión, sino que debe alegar: tengo derecho al área del patio porque me diste permiso; y la prueba es que no tengo otra prueba salvo que la estructura estuvo tres años, y una persona común habría protestado dentro de los tres años, y este no protestó.

  • La opinión del Rambam (y así dictamina el Mejaber) - la sociedad es algo bueno, pero una buena cerca hace buenos vecinos, y ninguno de los socios fija las reglas por su cuenta. Si uno de los socios construyó en el patio compartido, que debe ser de ambos, un gran depósito para guardar su bicicleta, y el depósito está allí de forma permanente, el segundo socio protestará de inmediato, y no dejará pasar el asunto en silencio mucho tiempo. Al no protestar de inmediato, ello constituye consentimiento. Por lo tanto, aquí no hay ley de tres años en absoluto en lo relativo a establecer una jazaká entre socios. Y más aún: aquí no hay solo una prueba de que se le otorgó una autorización formal, sino que el segundo socio renuncia a sus derechos, y en virtud de esa renuncia el constructor del depósito tiene derecho a estar allí. Esta renuncia surte efecto inmediatamente; hay una discusión sobre cuán rápido se considera 'de inmediato', pero en cualquier caso se trata de un tiempo breve, y desde luego no de tres años.

Según el Rambam, entonces, cuando uno de los socios construye una estructura permanente que no puede moverse fácilmente y el segundo socio no protesta, el primero adquiere los derechos de forma definitiva. Para aclarar: en ambas opiniones, aun después de que el socio adquirió el derecho a dejar su depósito, hasta ese momento eran socios. Es decir, si el patio tiene cien pies cuadrados, y lo alquilan a otro o lo venden, dividirán el pago en partes iguales. Solo que si vienen a dividir el patio, el dueño del depósito recibirá solo cincuenta pies cuadrados, pero dentro de ellos recibirá precisamente la parte que poseía, ya que alegará que tenía derecho a ella, sea según el Bartenura, que hubo allí un acuerdo explícito, sea según el Rambam, que el socio consintió con su silencio y con ello renunció a sus derechos.

Esta es la esencia de nuestra Mishná: una distinción entre dos tipos de usos: usos temporales, que pueden cambiarse con rapidez y facilidad, y usos permanentes, que no pueden cambiarse con rapidez y facilidad, y contra los cuales una persona protestaría con mayor facilidad, ya sea de inmediato o dentro de los tres años según la opinión de Rabenu Tam.

El lenguaje de la Mishná:

La Mishná comienza: "Elu devarim sheyesh lahem jazaká veelu devarim sheéin lahem jazaká" - estas son cosas que tienen jazaká y estas son cosas que no tienen jazaká. Trae ejemplos de usos de una propiedad compartida que crean jazaká o que no la crean, es decir, que la ausencia de protesta durante tres años, según la opinión del Bartenura, es prueba de su derecho a permanecer allí.

Las cosas temporales, que no crean jazaká:

  • "Hamaamid behemá bejatzer" - el que mantiene su animal en el patio.

  • "Tanur vekiráim" - un horno o fogones que no están fijados en el suelo; como una parrilla que puede rodarse y trasladarse a otro lugar del patio.

  • "Verejáim" - un molino de mano, que puede trasladarse de un lugar a otro con gran facilidad, y que no está fijado en el suelo como un molino permanente.

  • "Umigdal tarnegolim" - gallinas que corretean por el patio.

  • "Venatán zivló bejatzer" - un montón de estiércol que mantiene en el patio con fines de abono.

Sobre todos estos se dice "einá jazaká" - no crean jazaká, pues desde el punto de vista del socio no es descabellado decir: "Deja tus gallinas aquí cuanto quieras, hasta que yo necesite el lugar". Esto puede prolongarse durante años, y no implica renuncia formal a nada.

"Aval" - las cosas permanentes, que sí crean jazaká:

Las siguientes cosas son de carácter permanente a las que un socio normalmente se habría opuesto, y por lo tanto sí crean jazaká que otorga al socio el derecho a permanecer allí:

  • "Aval asá mejitzá levehemtó gevoá asará tefajim" - no solo mantiene un animal en el patio, sino que construye un corral rodeado de una divisoria de diez tefajim de altura, y he aquí que este es un corral permanente.

  • "Vejen letanur vejen lekiráim" - que les hizo un recinto, o que los fijó con cemento al suelo.

  • "Vejen lerejáim" - un molino grande y organizado para moler, fijado al suelo, y no un molino de mano portátil.

  • "Vejen shehijnís tarnegolín letoj habáit" - un espacio compartido dentro de la casa, en el que un socio dejó al otro meter gallinas. Las gallinas ensucian todo lugar al que llegan y hacen sus necesidades en cada rincón, y ninguna persona normal deja pasar esto en silencio a menos que haya dado su consentimiento, y este punto merece reflexión.

  • "Veasá makom lezivló amok shloshá vegavoá shloshá" - un lugar destinado en el patio compartido para guardar el estiércol, en el que el estiércol no se amontona de manera improvisada, sino que se le preparó un lugar especial: una excavación de tres tefajim de profundidad en el patio, o una plataforma elevada tres tefajim, un lugar construido y destinado al propósito de almacenar el estiércol.

En todos estos casos - "harí zo jazaká": todas estas cosas se consideran como establecedoras de jazaká, porque son del tipo de cosas que constituyen estructuras permanentes y formales, a las que un socio normalmente se habría opuesto de no haberlas aceptado.