La mishná que tenemos ante nosotros (folio 30, mishná 12) es la mishná decimocuarta y última del capítulo, y comienza exactamente con las mismas palabras con las que comenzó la mishná anterior: un judío que prepara vino kasher bajo su supervisión y en su presencia, pero en la fábrica y bajo la propiedad de un idólatra. ¿Cómo es posible tal cosa?
En la mishná anterior aprendimos dos criterios: que el lugar esté abierto a la supervisión, y que la supervisión sea realizada por judíos. En ausencia de esta situación, es obligatorio contratar un guardia en el lugar. Asimismo, tratamos la controversia sobre si hay diferencia en que el vino esté almacenado bajo la propiedad de otro no judío, que no sea el dueño de la fábrica: el Taná Kamá opina que sí hay diferencia, mientras que Rabí Shimón ben Elazar opina que dos propiedades de no judíos tienen el mismo estatus. Esta controversia se aplica también a esta parte de la halajá.
La tercera condición de nuestra mishná:
Según el Bartenura, que estudia conforme al método de Rashi, nuestra mishná agrega una tercera condición que debe cumplirse para que el vino sea kasher, además de lo dicho hasta ahora. Cuando el judío prepara vino kasher en la bodega de un gentil, se requiere que el gentil le entregue una autorización por escrito, una especie de recibo, en el que se diga: "ya recibí de ti el pago". Aun si en la práctica el judío todavía no ha pagado, tiene en su mano un documento que testifica que ya pagó, y esto significa que está autorizado a tomar el vino cuando quiera, sin necesitar el permiso del gentil dueño.
Más aún: ahora el dueño no judío tiene mucho que perder, pues el judío tiene un reclamo monetario sobre el vino. Antes, el gentil podía decirse a sí mismo: "no importa; si el judío me reclama, simplemente no le doy el vino y lo vendo a los gentiles". Ahora esto no es posible, pues el judío tiene en su mano un contrato o recibo con el que puede cobrar. Una vez cumplida esta tercera condición, junto con las dos condiciones de supervisión de la mishná anterior, es suficiente para que el vino permanezca kasher.
Sin embargo, si la situación es que cuando el judío viene a tomar su vino el gentil no se lo permite hasta que pague por él (y la vav en el lenguaje de la mishná aquí es dudosa, y su significado es "o"), la mano del gentil está por encima todo el tiempo. Casi no tiene nada que perder si surge resentimiento por parte del judío a causa de que aquel manipuló el vino. Esta situación exacta ocurrió en Bet Shean, y allí se dijo que el vino quedó prohibido.
La razón de la prohibición es la misma razón que vimos algunas mishnayot antes: el no judío está junto al vino y no sabemos qué hizo con él. Así como cuando tiene un préstamo y el vino está empeñado en su poder tiene cierto reclamo sobre él, y tememos que quizás lo manipuló y quedó prohibido para obtener beneficio, así también aquí: si el judío no tiene en su mano un recibo de que ya pagó, el gentil puede argumentar que tiene un reclamo económico sobre el vino; por ello no sabemos qué hizo con él, y he aquí que está prohibido para obtener beneficio.
El método del Bartenura (conforme al método de Rashi) - tres condiciones:
Que haya posibilidad de supervisión.
Que los supervisores sean judíos.
Que el judío tenga en su mano un contrato que testifique que el vino ya es suyo, que pagó por él y que está autorizado a tomarlo cuando quiera.
Y si no es posible cumplir las dos primeras condiciones, ya sea porque no hay judíos en la ciudad, o porque no hay ventanas en la casa donde está almacenado el vino, se puede contratar en su lugar un guardia. Alternativamente, según el Bartenura y Rashi, se puede cerrar la puerta con llave e imprimir un sello sobre el barril, de modo que no sea posible irrumpir dentro sin que ello se descubra; el cierre con llave y el sello vienen en lugar del guardia. Y mientras el judío cumpla también con la tercera condición, que tenga en su mano un contrato que testifique que ya pagó, el vino será kasher.
El método de Rabenu Tam:
Rabenu Tam rechaza por completo esta comprensión. Según su opinión, es evidente por sí mismo que el vino está cerrado con llave y sellado con un sello que el gentil no puede alterar; sin ello no hay discusión alguna, pues no sabemos qué sucedió. Pero aun si el barril de vino está sellado y la habitación en la que está almacenado está cerrada con una llave que está en poder del judío, y aparentemente el gentil no puede alcanzarlo, con eso no basta, y se requiere además una de las dos situaciones.
O la situación de la Mishná anterior: que el vino esté cerrado con llave y sellado, y además abierto hacia la vía pública de modo que los judíos puedan observarlo, o que esté cerrado con llave y sellado y un guardia lo supervise. Y si no hay supervisión alguna, basta con la situación de nuestra Mishná: que el vino esté cerrado con llave y sellado, y que el judío tenga en su poder un contrato de que ya pagó por él y de que está autorizado a recibirlo cuando desee. O esto o aquello.
La halajá en la práctica:
El Shulján Aruj: la halajá se inclina más hacia el lado que sostuvo Rabenu Tam: que el vino debe estar sellado y también cerrado con llave, y entonces, si tiene supervisión, ya sea por estar abierto a la vista del público, ya sea por judíos que se encuentran allí de vez en cuando, ya sea por un guardia designado, permanecerá kasher.
El Ramá: a posteriori, si estaba sellado o cerrado con llave y tenía supervisión de judíos, aunque estos entren y salgan, es suficiente. Y asimismo, si el judío tenía en su poder un recibo de que ya pagó por el vino, y el vino se mantuvo sellado y cerrado en un lugar al que solo el judío tiene acceso, es kasher aun sin una supervisión judía continua.
El Gaón de Vilna: es aun más indulgente: si hay dos sellos sobre el vino, la cerradura y la llave, entonces, aun sin supervisión y aun sin el contrato en manos del judío, eso basta para saber que no lo tocaron, y el vino está permitido.
En resumen: nuestra Mishná añade, según el Bartenura conforme a la opinión de Rashi, una tercera condición para la validez del vino elaborado en dominio de un gentil: un recibo o contrato en manos del judío que atestigüe que ya pagó y que el vino es suyo, y sin él tememos que el gentil haya manipulado el vino a causa de su reclamo económico sobre él, como ocurrió en Bet Shean. Rabenu Tam discrepa y sostiene que el cierre con llave y el sello son una condición básica, y además de ellos se requiere o supervisión o el documento del pago. En la halajá se dictamina conforme a lo esencial de la opinión de Rabenu Tam, con las indulgencias del Ramá a posteriori y la amplia indulgencia del Gaón de Vilna en el caso de los dos sellos.