Shulján Aruj, capítulo 489, inciso 10
"Está prohibido comer del grano nuevo (jadash) aun en nuestros días, tanto pan como grano tostado o grano tierno, hasta el comienzo de la noche del 18 de Nisán, y en la Tierra de Israel hasta el comienzo de la noche del 17 de Nisán"
(Shulján Aruj)
Lugar de esta ley y su relación con este capítulo
- El núcleo del tema está en Ioré Deá: las leyes de la prohibición del grano nuevo tienen su lugar principal en las halajot de Ioré Deá, y allí se explican los detalles con amplitud. El Shulján Aruj eligió mencionar esta ley también aquí, en las leyes de Pésaj, de forma breve, porque el momento de la permisión depende de los días de Pésaj.
Definición de "jadash" y momento de la permisión
"Es decir, el grano que echó raíces después del 16 de Nisán, que es el momento de la ofrenda del Ómer"
(Mishná Berurá, inciso 44)
- Cuando el Templo existe: el vaivén del Ómer se realiza en la mañana del 16 de Nisán, y desde el momento en que se hace el vaivén del Ómer el grano nuevo queda permitido para todo Israel.
- En nuestros días: al no haber vaivén del Ómer, todo el día 16 de Nisán está prohibido comer del grano nuevo. Cuando se pone el sol y salen las estrellas, y entra la noche del 17 de Nisán, el grano nuevo queda permitido en la Tierra de Israel.
- El decreto de Rabán Iojanán ben Zakái: por el propio versículo habría lugar para permitirlo al mediodía del 16, pero Rabán Iojanán ben Zakái decretó que todo el día entero quedara prohibido.
El momento del enraizamiento y su significado práctico
- La medida del enraizamiento: hay quienes dicen que son tres días, que es el tiempo en que la semilla es absorbida por la tierra y echa raíces.
- La consecuencia práctica: el grano que fue sembrado tres días antes del 16 de Nisán se considera grano que el Ómer de ese mismo año permite. El grano que fue sembrado un día antes del 16 de Nisán, que todavía no fue absorbido por la tierra, tiene la misma ley que el que fue sembrado después, y hay que esperar hasta que pase el 16 de Nisán del año siguiente.
- La realidad de la Tierra de Israel: en la Tierra de Israel no hay grano de verano, y todos los cultivos se siembran en invierno, por lo que siempre pasa sobre ellos el 16 de Nisán y no tienen problema de grano nuevo.
Las cinco especies de cereal en las que rige la prohibición
- Las especies: la prohibición del grano nuevo rige solo en las cinco especies: trigo, cebada, espelta, avena y centeno.
- Kusmín y no kusmet: kusmín es un tipo determinado de trigo y pertenece a las cinco especies. Kusmet es una especie completamente distinta, como el arroz, y no está incluida entre las cinco especies ni tiene prohibición de grano nuevo. Hay quienes tienden a confundir estos nombres.
Pan, grano tostado y grano tierno: las formas de consumo prohibidas
- Pan: grano nuevo que fue horneado; el pan está prohibido para comer.
- Grano tostado (kalí): granos que fueron tostados al fuego; también están incluidos en la prohibición.
- Grano tierno (karmel) según Rashí: Rashí explica "karmel" de la expresión "blando y fácil de desgranar", que es posible desgranar los granos con la mano. Según esto, también los granos de trigo tal como están quedan prohibidos por la prohibición del grano nuevo.
(La definición de "karmel" fue objeto de mucha discusión, y por eso no se puede resolver de forma sencilla.)
Preguntas sobre productos comunes
- Quaker: se elabora por lo general de avena. Según lo que se aclaró sobre el proceso de fabricación, en el que hay cocción y luego calentamiento, la conclusión es que entra dentro de la prohibición del grano nuevo, y hay que investigar los detalles de su elaboración.
- "Shalva" (golosina infantil): está hecha de granos de trigo que estallan con el calor. Hay lugar para decir que está incluida en "karmel", y hay lugar para decir que está incluida en "kalí", porque el calentamiento es un tipo de tostado. No se puede resolver esto a causa de la discusión sobre la definición de karmel. Su berajá es Boré perí haadamá, pero la berajá no es determinante para nuestro tema.
- Palomitas de maíz: están hechas de maíz, que no es de las cinco especies de cereal, y no tienen prohibición de grano nuevo.
- Bebidas hechas de cereal (cerveza): esta cuestión quedó abierta, ya que el tratamiento aquí es sobre los sólidos.
"Aun en nuestros días" y en todo lugar
- Fuente de la prohibición en nuestros días: por lo que está escrito "y pan, grano tostado y grano tierno no comeréis hasta este mismo día", y aprendieron de "hasta este mismo día" que el propio día permite, aun cuando no haya ofrenda.
- Dos expresiones en la Torá: por un lado está escrito "hasta que traigáis la ofrenda de vuestro Dios", y por otro lado "hasta este mismo día". De aquí aprendieron los Sabios dos situaciones: cuando es posible traer la ofrenda, es traer la ofrenda lo que permite. Cuando no hay posibilidad de traer la ofrenda, es el día lo que permite, es decir, cuando pasa todo el día 16 de Nisán.
- "En todas vuestras moradas": de aquí que la prohibición rige en todo lugar en el que habitan judíos, aun fuera de la Tierra de Israel.
- La duda del día fuera de la Tierra de Israel: fuera de la Tierra de Israel, donde el segundo día de festividad de la diáspora agrega un día, se es más estricto un día más, y por eso la permisión comienza allí solo en la noche del 18 de Nisán.
¿Es esta una mitzvá que depende de la Tierra?
- La distinción fundamental: la ofrenda del Ómer en sí misma depende de la Tierra, ya que no se trae la cebada al Templo sino de lo que crece en la Tierra de Israel, y no es posible traerla de fuera de la Tierra.
- La acción de permitir: aun así, la acción de la ofrenda no se limita a la Tierra, y también permite el grano que está fuera de la Tierra, y una cosa no depende de la otra.
- El ejemplo de las ofrendas: las ofrendas fijas del Templo, el Tamid de la mañana y el Tamid de la tarde, se hacen en la Tierra, y de todos modos su acción es sobre todo Israel, aun sobre los que habitan fuera de la Tierra.
La permisión del Ramá para el grano nuevo fuera de la Tierra
- Trasfondo de la realidad: el Ramá vivía fuera de la Tierra de Israel, y allí muchos de los cultivos son cultivos de verano, porque allí caen lluvias también en verano. El grano se cosecha y sale al mercado en los meses de verano y otoño, y el momento del Ómer está muy lejano, resultando que no hay posibilidad de comer especies de cereal durante mucho tiempo.
- La magnitud de la dificultad: en la Tierra de Israel no hay gran problema en esto, ya que todo es grano de invierno, mientras que fuera de la Tierra esto era una dificultad grave, y por eso los grandes de las generaciones buscaron permisiones para este asunto.
- El lugar de esta ley: el Ramá escribió la permisión del grano nuevo en Ioré Deá, y la Mishná Berurá trae sus palabras aquí.
La permisión por doble duda (sefek sefeká)
"Pues se trata de una doble duda: primera, quizás el grano es del año pasado. Y aun si dijeras que es de este año, quizás echó raíces antes del Ómer"
(Mishná Berurá)
- La primera duda: no se sabe de dónde se tomó el grano que sacaron al mercado, y es posible que sea del año pasado y que haya estado guardado en el almacén.
- La segunda duda: y aun si es de este año, es posible que haya sido sembrado y haya echado raíces antes del Ómer, ya que la estación de la primavera no comienza exactamente en Pésaj, y en un año caluroso se adelanta la siembra.
- Lo mismo ocurre con la importación: en un lugar al que se trae grano de otros sitios, cuyo grano echó raíces antes del Ómer, existe esa misma doble duda.
La restricción de los Ajaronim en el país de Polonia
"Y en el país de Polonia no hay que ser indulgente sino en el trigo y el centeno, ya que la gran mayoría se siembra en el mes de Jeshván"
(Mishná Berurá)
- Trigo y centeno: dado que la costumbre de la agricultura allí es sembrarlos en el mes de Jeshván, no tienen prohibición de grano nuevo, salvo aquellos de los que se sabe que fueron sembrados en verano.
- Cebada, avena y espelta: la mayoría, y casi todos, se siembran allí después de Pésaj, y aquí no hay duda alguna sino un conocimiento claro de que el grano es nuevo, y hay que esperar hasta el año siguiente.
- Ausencia de importación: tampoco se acostumbra traer allí grano de otros países, resultando que no existe la segunda duda, y no hay doble duda.
La mayoría del mundo no es cuidadosa, y en qué se apoyan
- La realidad: aun en los lugares en los que es claro que el grano es nuevo, la mayoría del mundo no es cuidadosa en absoluto con la prohibición del grano nuevo.
- La justificación: hay quienes los justificaron, porque es algo difícil ser cuidadoso en esto.
- La dificultad de esta justificación: la dificultad en sí misma no permite por sí sola, ya que aun cuando es difícil cumplir otras mitzvot no hay en ello permisión.
- El fundamento de la permisión: por eso se apoyan, en situación de apremio, en algunos de los Rishonim que sostienen que la prohibición del grano nuevo fuera de la Tierra de Israel es solo de origen rabínico. Esta no es una discusión sobre las palabras de la propia Guemará, ya que hay una Mishná explícita de que la prohibición rige también fuera de la Tierra, sino una discusión sobre la interpretación de la Guemará y sobre el alcance de la prohibición, es decir, sobre quién recae la prohibición: hay quienes dicen que recae solo sobre lo que crece en la Tierra y no sobre lo que crece fuera de la Tierra.
(La continuación de la explicación de las opiniones de los Rishonim sobre la permisión del grano nuevo fuera de la Tierra se explicará más adelante.)
Los que son estrictos con la prohibición de jadash
- Los grandes que fueron estrictos: El permiso no se dictaminó a la ligera, y hubo muchas objeciones a él. El más famoso de los que fueron estrictos es el Gaón de Vilna, y también el autor del Shaagat Arieh fue estricto en esto, y hubo otros grandes de Israel que fueron muy estrictos en el asunto.
- Hasta dónde llegó la severidad: Se cuenta sobre el Gaón de Vilna y el autor del Shaagat Arieh que cuando deambulaban en el exilio llevaban consigo sus propios utensilios, y no querían comer de los utensilios de los anfitriones, aunque eran observantes de kashrut y los recibían con honor, porque los judíos fuera de la Tierra de Israel eran indulgentes con la prohibición de jadash y cocinaban jadash en sus utensilios.
Por cierto · La Torá oral como fundamento de la interpretación
Se formuló la pregunta de por qué rige la prohibición de jadash fuera de la Tierra de Israel, ya que está escrito "en todas vuestras moradas", y vuestras moradas se refiere a la tierra que fue prometida a Israel. La respuesta a esto es un principio fundamental en la metodología de estudio.
- No se lee un versículo sin la Torá oral: No se puede aprender halajá a partir de la lectura independiente de un versículo. Una pregunta correcta solo se formula a partir del estudio del tema en las palabras de los Sabios, y aquí hay una Mishná explícita de que la prohibición de jadash rige también fuera de la Tierra de Israel.
- El ejemplo del fruto del árbol hermoso: En la Torá está escrito "Y tomaréis para vosotros en el primer día el fruto de un árbol hermoso", y allí no se menciona el etrog. Sin la Torá oral, cualquiera podría tomar un limón, una naranja o un pomelo, y no habría manera de llegar al etrog.
- La transmisión de la Torá oral: "Moshé recibió la Torá de Sinaí y la transmitió a Yehoshua, Yehoshua a los ancianos, los ancianos a los profetas". La transmisión no es la entrega de un libro, porque el libro está depositado en el Arca, sino la transmisión de la Torá oral, y sin ella no hay posibilidad de avanzar.
- La introducción del Rambam: El Rambam comenzó el Mishné Torá enumerando el orden de las generaciones, quién recibió de quién hasta los Gaonim, para demostrar que la interpretación con la que explicamos la Torá no es la innovación de una sola persona, sino una tradición que proviene de Moshé Rabeinu. Sin esto, el libro carece de valor.
- Los caraítas: Los caraítas interpretaron la Torá a su manera, y el pueblo de Israel no puede aceptar una interpretación así, que carece de una tradición autorizada.
- Disputas en los detalles y no en los principios: Nadie discute que se recita el Shemá dos veces al día, y la disputa radica en los detalles, en cuántas porciones. Nadie discute sobre la identidad del etrog, el lulav, los hadasim y las aravot, pero es posible que haya una disputa sobre si se toman tres hadasim o dos, ya que el versículo dice "una rama de árbol frondoso" en singular.
- Un ejemplo adicional: "Al día siguiente del Shabat" en la Cuenta del Omer. Según el sentido literal de las palabras, habría lugar para comenzar a contar el domingo, pero nosotros comenzamos a la salida del primer día festivo (Yom Tov) de Pésaj, ya que la Torá oral es la que interpreta qué es ese "Shabat".
Por cierto · La costumbre del "exilio" de los grandes de Israel
- Qué hacían: Hubo grandes de Israel que deambularon fuera de su ciudad natal y vagaron por el exilio uno, dos o tres años, y luego regresaron a su ciudad.
- El motivo: Aceptaban sobre sí mismos el exilio, porque el exilio expía los pecados, e incluso los pecados que la persona desconoce.
- Lo que se cuenta del Gaón de Vilna: Le preguntaron por qué aceptaba sobre sí mismo el exilio, si desde los cuatro y cinco años estaba inmerso en la Torá, y respondió que lo hacía porque en el momento en que amamantaba de su madre la pellizcaba.
Por cierto · La importación de cereales a la Tierra de Israel en nuestros días
- El problema: Aunque en la misma Tierra de Israel todos los cereales son de invierno y no hay sospecha de jadash, hoy en día la importación al país de cereales del extranjero es muy grande, y resulta que la cuestión existe también en la Tierra de Israel. Los detalles de la ley sobre esto se explicarán más adelante.