Estudiamos en el tratado de Yevamot, capítulo 7, mishná 3, que trata sobre la parte del feto en los esclavos y sus implicaciones respecto a que los esclavos de la viuda coman Terumá.
Texto de la mishná:
"Bat Israel shenisét lekohen, umet, vehinijá meuberet - lo yojlú avadeha biterumá, mipnei jelkó shel ubar" - se refiere a una hija de israelita que se casó con un kohen, y su esposo kohen murió y la dejó embarazada. El escenario es que, además del feto que lleva en su vientre, ya le habían nacido hijos de ese mismo kohen. Sus esclavos - y se refiere a los esclavos de tipo tzon barzel - no comen Terumá a causa de la parte de esos esclavos que pertenece al feto que lleva en su vientre. Pues también el feto tiene parte en los esclavos, exactamente igual que sus hermanos vivos que poseen una parte de ellos.
"El feto descalifica pero no habilita a comer":
Descalifica - una hija de kohen que se casó con un israelita y su esposo murió, por lo general regresa a la casa de su padre y come Terumá; pero si está embarazada de su esposo israelita, el feto la descalifica de comer.
Pero no habilita a comer - en el caso inverso, una hija de israelita casada con un kohen: sus hijos la habilitan a comer Terumá, como se dijo al comienzo de la mishná, pero el feto mismo no habilita a nadie más, incluidos los esclavos. Y no solo que no los habilita, sino que además les impide comer.
Estas son las palabras de Rabí Yosí: el feto no permite a los esclavos comer, y como tiene parte en ellos, tampoco ellos comen.
Entre esclavos de tzon barzel y esclavos de melog:
Esclavos de tzon barzel - que pertenecen al esposo o a sus herederos, como sus hijos, incluido el feto. Estos esclavos no comen a causa de la parte del feto.
Esclavos de melog - que le pertenecen a ella. Dado que ella tiene otros hijos y ella misma come Terumá, también ellos comen.
El argumento de los Sabios:
"Meajar sheheedta lanu al bat Israel lekohen, af bat kohen lekohen umet vehinijá meuberet - lo yojlú avadeha biterumá, mipnei jelkó shel ubar" - es decir: dado que ya testificaste ante nosotros sobre la hija de israelita casada con un kohen que murió y la dejó embarazada, que los esclavos de tzon barzel no comen a causa de la parte del feto, entonces esa misma ley debe aplicarse también en el caso de la hija de kohen que se casó con un kohen que murió y la dejó embarazada - pues también allí los esclavos no comen Terumá a causa de la parte del feto que lleva en su vientre, ya que parte de esos esclavos está bajo su propiedad y él no les permite comer.
Rabí Yosí enunció su ley solo respecto a la hija de israelita que se casó con un kohen, mientras que los Sabios señalan que la ley debe ser válida también en el caso de la hija de kohen casada con un kohen. El fundamento de la disputa radica en la razón de sus palabras, y en la Guemará se traen dos razones posibles según la opinión de Rabí Yosí:
"Ubar bimei zará zar hu" - un feto que se encuentra en el vientre de una mujer que es extraña, que no es kohenet, se considera él mismo extraño, y su condición de extraño impide a los esclavos comer Terumá, puesto que él es dueño de una parte de ellos. Según esta razón, la ley es relevante solo cuando ella es hija de israelita, y no cuando es hija de kohen.
Solo lo nacido habilita - Rabí Yosí entiende que solo quien ha nacido tiene la capacidad de habilitar a comer Terumá, y por lo tanto quien aún no ha nacido no puede habilitar.
De la respuesta de los Sabios a Rabí Yosí se demuestra que entendieron sus palabras según la segunda razón. Pues si su razón fuera que el feto en el vientre de una extraña es extraño, la ley no se aplicaría en absoluto en el caso de la hija de kohen. Sino que, dado que solo lo nacido tiene la capacidad de habilitar a otra persona, como a los esclavos, y quien no ha nacido no habilita, entonces aun cuando el feto se encuentra en el vientre de una hija de kohen, el hecho mismo de ser dueño de una parte de los esclavos les impide la capacidad de comer Terumá.
En resumen: en esta mishná aprendimos el principio de que el feto descalifica pero no habilita a comer, y la opinión de Rabí Yosí de que los esclavos de tzon barzel de la viuda de un kohen que quedó embarazada no comen Terumá a causa de la parte del feto en ellos, mientras que los esclavos de melog comen por su mérito. Nos detuvimos en las dos razones posibles de su opinión - "el feto en el vientre de una extraña es extraño" o que solo lo nacido habilita - y en que, del argumento de los Sabios, que extienden la ley también a la hija de kohen que se casó con un kohen, se demuestra que entendieron su razón según la ley de lo nacido.