Tenemos ante nosotros la mishná 3 del capítulo 6 del tratado de Yevamot, que trata sobre una mujer que fue desposada con un kohen mediante un matrimonio prohibido para él, y sobre la cuestión de si aún puede comer Terumá en la casa de su padre.
La primera parte de la mishná:
"Almaná lekohen gadol, gerushá vajalutzá lekohen hedyot, min haerusín - lo yojlú beTerumá" - "Una viuda con un Sumo Sacerdote, una divorciada o una jalutzá con un kohen común, desde el desposorio, no comerán Terumá". La mishná trata dos casos:
Almaná lekohen gadol - una viuda que se casó con un Sumo Sacerdote, lo cual le está prohibido a él.
Gerushá vajalutzá lekohen hedyot - una divorciada o una jalutzá que se casó con un kohen común, lo cual les está prohibido.
En ambos casos los kidushín tienen validez, y la mishná trata la situación en la que el vínculo entre ellos se basa únicamente en el desposorio, es decir, en kidushín sin nisuín (sin matrimonio pleno).
La dificultad de esta ley:
A primera vista, una hija de kohen que fue desposada queda descalificada de comer Terumá en la casa de su padre solo cuando fue desposada con quien no es kohen; en cambio, aquí fue desposada con un kohen. Es cierto que no le está permitido casarse con él, pues se trata de un matrimonio prohibido, pero por ley debería estar autorizada a comer Terumá en la casa de su padre.
Sin embargo, dado que estos son kidushín de transgresión, se presume que el vínculo habrá de concretarse en una relación que la descalificará. Por eso, ya desde el momento del desposorio ella se encuentra en la categoría de "que espera la relación" - a la espera de la siguiente etapa, en la que quedará descalificada - y por lo tanto, incluso en esta misma etapa, está descalificada de comer Terumá en la casa de su padre.
La opinión de Rabí Elazar berabí Shimón:
Rabí Elazar berabí Shimón la declara apta. Según su opinión, ella no queda descalificada de comer Terumá en esta etapa, sino solo después de que haya nisuín de hecho y ocurra la relación que la convierte en jalalá. Hasta ese punto no queda descalificada en absoluto.
"Nitalmenú o nitgarshú":
La mishná continúa y trata el caso en el que el vínculo terminó - ya sea que murió el esposo o que la divorció, ya fuera el esposo un mamzer, un Sumo Sacerdote o un kohen común. Por lo general, una hija de kohen que enviudó o se divorció vuelve a comer Terumá en la casa de su padre, pero aquí hay que distinguir:
"Min hanisuín - pesulot" - "Desde el matrimonio, están descalificadas": si la muerte o el divorcio ocurrieron después del nisuín, ya se convirtieron en jalalot y quedaron descalificadas de la Terumá por la relación que ocurrió en el momento del nisuín, y ya no pueden comer Terumá.
"Min haerusín - kesherot" - "Desde el desposorio, están aptas": si enviudaron o se divorciaron después de que hubo únicamente kidushín, están aptas. En este caso, incluso el tana kama admite que no quedan descalificadas, ya que toda la razón de la descalificación en la primera parte era porque estaban a la espera de la relación descalificadora; y aquí, al terminar el vínculo, la descalificación nunca ocurrió ni habrá de ocurrir, y por lo tanto, incluso según la opinión del tana kama, están aptas para comer Terumá en la casa de su padre.
En resumen: aprendimos que una viuda que fue desposada con un Sumo Sacerdote, y una divorciada o una jalutzá que fueron desposadas con un kohen común, quedan descalificadas de la Terumá ya desde el desposorio, porque están a la espera de la relación descalificadora, y Rabí Elazar berabí Shimón las declara aptas hasta que haya relación de hecho. También aprendimos que una vez que enviudaron o se divorciaron: desde el matrimonio están descalificadas, pues ya se convirtieron en jalalot, y desde el desposorio están aptas, ya que la descalificación no ocurrió ni habrá de ocurrir.