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Yevamos Capítulo 6, Mishná 1: el yibum sin depender de la intención

Yevamot, capítulo 6, mishná 1. Esta mishná trata sobre el acto mismo del yibum, y enseña que la intención al momento de la unión no lo invalida: sea cual sea la manera en que se realice el acto, el yibum se cumple.

Texto de la mishná:

"Haba livimtó" - el que se une a su cuñada con la intención de cumplir el yibum, y en cualquiera de las siguientes maneras:

  • "Ben beshogueg" - ya sea por error, pues pensaba que se trataba de otra mujer.

  • "Ben bemezid" - ya sea intencionalmente, pues no tuvo en mente en absoluto la mitzvá del yibum, sino una unión ocasional y mera lascivia.

  • "Ben beones" - ya sea por coacción, pues lo obligaron a unirse a ella.

  • "Ben beratzón" - ya sea voluntariamente, pues tuvo la intención debida de cumplir la mitzvá del yibum.

En cada una de estas situaciones se cumple la mitzvá del yibum.

Las combinaciones de intención entre el hombre y la mujer:

  • "Hu shogueg vehí mezidá" - él se equivoca respecto de la identidad de ella, mientras que la intención de ella es de lascivia y no con ningún propósito.

  • "Hu mezid vehí shogueguet" - él tiene intención de lascivia, y ella piensa que se trata de otra persona.

  • "Hu ones vehí lo ones" - él está coaccionado y ella no lo está.

  • "Hi ones vehú lo ones" - ella está coaccionada y él no lo está.

Y además de las cuestiones de intención, también en cuanto al acto mismo: "Ejad hameare veejad hagomer" - tanto el que solo inicia la unión, en que se introdujo apenas una parte del miembro, como el que completa una unión total. En todas estas maneras: "kaná" - la adquirió.

El significado de la adquisición:

Por la fuerza de este acto adquirió a su cuñada y la hizo su esposa. Algunos explican que no se refiere solamente a la adquisición de la mujer, sino también a que adquirió la herencia de su hermano fallecido, que entra en vigor en el momento en que ella se convierte en su esposa. Y dado que es su esposa, si quisiera divorciarse de ella, no puede hacerlo salvo mediante un guet.

Finalmente concluye la mishná: "Lo jalak ben biá lebiá" - no hay diferencia en el tipo de unión, sea de la manera habitual o no; de todos modos se cumple en ella la mitzvá del yibum.

En resumen: en esta mishná aprendimos que el acto del yibum surte efecto sin depender de la intención ni de las circunstancias: por error o intencionalmente, por coacción o voluntariamente, y en cualquier combinación entre ellas; y tampoco depende de la forma del acto: tanto el que solo inicia como el que completa la unión, sea de la manera habitual o no. En todos estos casos adquirió a su cuñada como esposa y adquirió la herencia de su hermano, y no puede separarse de ella salvo mediante un guet.