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Yevamos Capítulo 4, Mishná 2: El que despose a su cuñada

Tenemos ante nosotros la Mishná 2 del capítulo 4 del tratado de Yevamot, que trata sobre el yavam que desposó a su cuñada y luego se descubrió que estaba embarazada. La cuestión fundamental es si existía aquí obligación de yibum en absoluto, y cuál es la ley respecto de la pareja y del recién nacido.

"Hakonés et yevimtó venimtset meubéret veyaldá":

Se trata de un yavam que cumplió el yibum con su cuñada, tal como está obligado a hacer, pues su hermano murió sin dejar hijos, y luego se aclaró que ella estaba embarazada, y dio a luz. La Mishná distingue entre dos situaciones:

  • "Bizmán shehaValad shel kayamá" - cuando el niño es viable, es decir, que sobrevivió treinta días, se aclara retroactivamente que ella era la esposa de un hermano que sí tenía hijos, y la prohibición de ervá permanece en su lugar. Por lo tanto "yotzí" - debe divorciarse de ella, "vejayavín bekorbán" - ambos están obligados a traer un korbán de jatat por haber transgredido la prohibición de karet de la esposa del hermano.

  • "Veím ein Valad shel kayamá" - cuando el recién nacido no es viable, se aclara que ella efectivamente estaba obligada al yibum, y por lo tanto él puede mantenerla como esposa a lo largo del tiempo.

La Guemará añade que en el segundo caso él debe unirse a ella una vez más con la intención de cumplir la mitzvá de yibum, ya que la unión mientras ella estaba embarazada, aunque el embarazo no fuera viable, no tiene estatus de yibum, y por eso hay que asegurarse de que haya intención de cumplir la mitzvá.

"Safek ben tishá larishón, safek ben shivá laajarón":

Nació un hijo después del yibum, y no se sabe si es fruto de un embarazo completo de nueve meses del primer marido, o de un embarazo de siete meses del segundo marido. Si es del primero, entonces no había aquí obligación de yibum en absoluto, y su ley es como se explicó anteriormente. A causa de la duda, la Mishná dictamina "yotzí" - debe divorciarse de ella, pues quizás este sea un hijo viable del primer marido, y ella no estaba permitida para el yibum.

"VehaValad kashér" - el recién nacido no es mamzer. Si proviene de un embarazo de nueve meses, entonces es del primer marido; y si proviene de un embarazo de siete meses, entonces es del segundo marido, que estaba obligado a hacerle yibum. En ambos casos no hay defecto alguno en el recién nacido mismo.

"Vejayavín beashám talúi" - el ashám talúi es el korbán que se trae cuando la persona tiene duda de si recayó sobre ella la obligación de jatat. Su función es servir de protección frente a los castigos establecidos para quien quizás transgredió una prohibición de karet, y esa protección le queda hasta que se aclare si efectivamente está obligado a jatat o no. En el caso que tenemos ante nosotros, en el que no está claro si transgredieron la prohibición de la esposa del hermano, ambos están obligados a traer un ashám talúi.

En resumen: en esta Mishná aprendimos la ley del que desposa a su cuñada y ella resulta estar embarazada: si el recién nacido es viable, se aclara retroactivamente que no había aquí obligación de yibum, y por lo tanto debe divorciarse de ella y ambos están obligados a traer jatat; y si el recién nacido no es viable, el yibum fue conforme a la ley y él la mantiene, con la condición de que se una a ella nuevamente con la intención de cumplir la mitzvá de yibum. En el caso de duda entre un hijo de nueve meses del primero o de siete meses del segundo, a causa de la duda debe divorciarse de ella, el recién nacido es kashér, y ambos están obligados a traer un ashám talúi.