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Shevuot Capítulo 3, Mishná 4: Juramentos sobre comer cosas que no son alimento y sobre comer cosas prohibidas

Shevuot, capítulo 3, mishná 4. Esta mishná trata sobre una persona que jura no comer, y sobre dos situaciones especiales: cuando el alimento que comió no es en absoluto apto para el consumo, y cuando se trata de un alimento cuyo consumo está prohibido por la Torá.

La primera parte de la mishná - cosas que no son aptas para el consumo:

"Shevuah shelo ojal, veajal ojalim sheenam reuyim laajilah veshatah mashkin sheenam reuyim lishtiyah - patur" - Una persona jura que no comerá, y luego comió cosas que no están destinadas en absoluto al consumo, o bebió líquidos que no son aptos para beber. Está exenta, ya que su juramento fue que no comería, y esto no se considera comer ni beber en absoluto.

La segunda parte - cosas cuyo consumo está prohibido:

"Shevuah shelo ojal, veajal nevelot uterefot, shekatzim uremasim - jayav, verabí Shimon poter" - Si juró que no comería, y comió alimentos prohibidos: nevelah (un animal que no fue faenado según la ley), terefah (un animal en cuyos órganos internos se halló un defecto), o shekatzim y remasim (bichos y reptiles) - todos estos tienen su consumo prohibido por la Torá. Según la opinión del tana kama es responsable por haber violado su juramento, y Rabí Shimon lo exime.

El razonamiento de Rabí Shimon:

La persona ya está "jurada y comprometida desde el monte Sinaí" a no comer estas cosas. La prohibición de la Torá es como un juramento, de modo que ya recae sobre ella un juramento previo, y no cabe un juramento sobre otro juramento. Por lo tanto, aunque transgredió una prohibición de la Torá, no transgredió la prohibición del juramento.

La postura del tana kama:

El tana kama también reconoce este principio de que la persona está jurada y comprometida desde el monte Sinaí. ¿Cómo, entonces, la considera responsable? El Ran y el Rambam lo explican según la conclusión de la Guemará: se trata específicamente del caso en que incluyó en su juramento cosas prohibidas junto con cosas permitidas, es decir, juró que no comería alimento kasher y alimento no kasher a la vez.

Dado que dijo expresamente que no comería alimento kasher, y el juramento tiene efecto sobre él, también tiene efecto sobre el alimento prohibido que se incluye junto con aquel, aunque ya recaiga sobre él un juramento de la Torá de no comerlo. Esto es "incluir cosas permitidas junto con cosas prohibidas", y por ello el tana kama lo considera responsable. Rabí Shimon rechaza esto y sostiene que, aunque incluyó junto con ello un alimento kasher, el juramento no tiene efecto sobre el alimento prohibido.

Continuación de la mishná - un acto de comer que ya se realizó:

Ahora la mishná analiza el caso de quien ya comió cosas que no son kasher. Desde el punto de vista técnico no se trata de un juramento sino de un voto: una persona prohíbe a su esposa beneficiarse de él con la expresión "konam", como un korbán, de modo que ella no pueda beneficiarse de él así como no puede beneficiarse de un korbán. Y lo condiciona: el voto tendrá efecto solo si él comió hoy, antes de haber hecho el voto. Y en efecto comió ese día, solo que comió un alimento que no es kasher. ¿Se considera esto como haber comido?

La Mishnah establece que su esposa le queda prohibida, es decir, el voto tiene validez y toma efecto. Esta ley es válida incluso según la opinión de Rabí Shimón, y su explicación es la siguiente:

La discusión anterior giraba en torno a la pregunta de si una persona tiene la intención de incluir en su juramento, o si tiene la capacidad de incluir en él, cosas sobre las cuales ya recae un juramento del Monte Sinaí. Pero aquí el análisis trata sobre una acción que ya ocurrió efectivamente: él comió un alimento prohibido, y comer un alimento prohibido se considera comer en todo sentido, no es como comer tierra, que no es apta para comerse en absoluto.

Por lo tanto, cuando dice "im ajalti" - si comí, pues comió, y nadie discute que eso es comer. Toda la pregunta era si un juramento puede tomar efecto donde ya existe un juramento previo; pero aquí el konam hace depender su validez de un acto que ocurrió, y el acto de comer efectivamente sucedió, y por ello el voto toma efecto.

En resumen: en esta Mishnah aprendimos que quien jura no comer y comió cosas que no son aptas para comerse queda exento, ya que eso no es comer. Si comió alimentos prohibidos, el Taná Kamá lo obliga, y Rabí Shimón lo exime porque ya está obligado por juramento desde el Monte Sinaí y un juramento no toma efecto sobre otro juramento. Según la opinión del Rán y el Rambam se trata de un caso en que incluye cosas permitidas junto con las prohibidas. Y al final vimos que quien hace un konam bajo la condición de que comió hoy, su voto toma efecto aun cuando comió un alimento prohibido, ya que ese comer es un acto de comer completo.