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Sheviit Capítulo 5, Mishná 5: la compra de luf después del año de Sheviit

Sheviit, capítulo 5, mishná 5. La mishná trata la siguiente pregunta: ¿a partir de qué momento, luego de terminar el año de Sheviit, está permitido comprar luf, que es también un tipo de cebolla? La cuestión se refiere a comprarle a un sospechoso, alguien de quien se sospecha que no cumple las halajot de shemitá: ¿a partir de qué momento se puede suponer que el producto que tiene en su poder no proviene de Sheviit sino que creció después de este año, y cuánto tiempo después del fin de la shemitá puede el comprador confiar en esta suposición?

Dos opiniones discrepan en la mishná:

  1. "Rabí Yehudá omer: miyad" - está permitido comprar inmediatamente al terminar Sheviit. Su razón: quien tiene en su poder luf para la venta luego de terminar la shemitá, en la mayoría de los casos ese luf ya estaba en su posesión desde antes, ya sea que estuviera en la tierra, en el campo, o almacenado bajo tierra. No es de las cosas que se generaron en Sheviit, sino un producto que la precedió.

  2. "Vajajamim omrim: mishirbé hejadash" - solo se puede comprar después de que ya se haya generado luf nuevo en cantidad habitual, y la mayoría de lo que se vende provenga del nuevo. A partir de ese momento en adelante está permitido comprar incluso a quien es sospechoso respecto al cumplimiento de las leyes de shemitá. Pero antes de eso está prohibido, ya que se debe temer que aun si el vendedor dice que el luf que tiene en su poder es del producto anterior a la shemitá, quizás sus palabras no sean verdad.

En resumen: discreparon en la mishná a partir de qué momento está permitido comprarle luf al sospechoso luego de Sheviit: según la opinión de Rabí Yehudá, inmediatamente, porque la mayoría del luf ofrecido a la venta proviene de antes de la shemitá; y según la opinión de los Sabios, solo "mishirbé hejadash", por el temor de que las palabras del vendedor no sean verdad.