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Sheviit Capítulo 10, Mishná 6: Escritura del prozbul sobre bienes inmuebles

Sheviit, capítulo 10, mishná 6. La mishná establece: "ein kotvin prozbul ela al hakarka" - no es posible escribir un prozbul a menos que el prestatario posea tierra.

Sobre la razón de esto se dieron dos explicaciones:

  1. Cuando el prestatario tiene tierra, puede considerarse el préstamo como si ya hubiera sido cobrado por el tribunal. El mecanismo del prozbul consiste en que se considera al tribunal como quien posee el préstamo, y cuando el prestatario tiene tierra hay de dónde cobrar, como si la tierra ya estuviera en manos del tribunal. Por lo tanto no se trata de un cobro de préstamo, sino de un préstamo que en cierta medida ya fue cobrado.

  2. No es habitual prestar dinero a quien no tiene tierra, y la ordenanza de los Sabios no se instituyó para una situación tan excepcional. Por eso se requiere que el prestatario tenga tierra.

"im ein lo - mezakehu betoj sadehu kol shehu":

¿Cuál es la ley cuando el prestatario no posee tierra alguna? También entonces está en manos del prestamista actuar para que sea posible escribir un prozbul: le transfiere al prestatario una pequeña parcela de tierra del propio campo del prestamista, y así el prestatario tiene tierra.

Ampliaciones adicionales de la ley:

  • "haytá lo sadé memushkenet baír" - cuando el prestatario tiene un campo, pero este ya está hipotecado por otro préstamo, se escribe un prozbul sobre él. La palabra "ir" (ciudad) no es literal, y no significa que el campo deba estar en la misma ciudad; es solo una expresión, y lo esencial de la ley es que incluso sobre un campo ya hipotecado se puede escribir un prozbul.

  • "veod: kotvin laish al nijsei ishtó" - se puede escribir un prozbul por un prestatario sobre la base de tierra que su esposa posee en propiedad, incluso si es de sus bienes de melog. La razón: en los bienes de melog el esposo come los frutos del campo, y por ello tiene una propiedad parcial en él, y se puede escribir un prozbul sobre esa base.

  • "veal yetomim - al nijsei apotropin" - cuando los prestatarios son huérfanos, y hay un tutor encargado de ellos, si el tutor tiene tierra se puede escribir un prozbul sobre la base de sus bienes, a pesar de que los huérfanos son quienes deben el dinero.

En resumen: en esta mishná aprendimos que la escritura del prozbul depende de la existencia de tierra en poder del prestatario, y examinamos las dos razones de ello. También aprendimos las maneras de habilitar el prozbul incluso cuando el prestatario no tiene tierra propia: la transferencia de una pequeña parcela del campo del prestamista, un campo hipotecado, tierra en propiedad de su esposa, y los bienes del tutor cuando los prestatarios son huérfanos.