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Shekalim Capítulo 2, Mishná 2: Meilá y la mitad del shékel

Capítulo 2, mishná 2. Esta mishná nos presenta el tema de la meilá, que es un tratado entero por sí mismo dentro del orden de Kodashim.

La ley de la meilá:

La halajá establece que quien se beneficia de algo perteneciente al Hekdesh (bienes consagrados) comete meilá, es decir, transgrede la prohibición de aprovecharse indebidamente. En otras palabras, mediante un uso indebido y un disfrute personal del Hekdesh, la persona queda obligada a traer un korbán de meilá, y además a pagar el valor del beneficio que obtuvo con un recargo de una quinta parte como multa. Esto es la meilá.

¿Cuál es el beneficio que hay en dar la mitad del shékel?

La pregunta que plantea la mishná es cuál es la ley de quien usa fondos del Hekdesh para dar la mitad del shékel. El beneficio que obtiene no es el disfrute de la mitzvá en sí, ya que tenemos como principio que "las mitzvot no fueron dadas para disfrutarlas", y por lo tanto quien usa dinero del Hekdesh para cumplir una mitzvá no se considera meilá. Sin embargo, el beneficio real del que se habla aquí es otro: al hacerlo, la persona evita la posibilidad de que el Hekdesh o el tesorero del Hekdesh tome sus bienes como prenda y garantía por la falta de pago. Este beneficio es un beneficio concreto.

El primer caso: el mensajero que dio el shékel por sí mismo:

Una persona entrega su mitad del shékel a su compañero para que la dé en su nombre - "tú vas a Jerusalén, llévala contigo y dala por mí" - y el mensajero toma la mitad del shékel y paga con ella su propia deuda. Si la dio después de la teruma de la cámara descrita en la mishná anterior, en la cual el tesorero del Hekdesh entra a la sala donde están guardados todos los shékalim y saca de allí dinero para comprar korbanot, entonces desde ese momento los shékalim pasan a ser propiedad del Hekdesh.

Y dado que la teruma de la cámara se extrae en nombre de todos los shékalim, tanto los que ya fueron entregados como los que aún se entregarán, resulta que aquella mitad del shékel que debía dar por su compañero, y que dio por sí mismo, ya pertenecía al Hekdesh en el momento del uso. Resulta entonces que usó algo del Hekdesh para evitar que le tomaran sus bienes como prenda, y se benefició del Hekdesh. Por eso la mishná determina que transgredió la prohibición de meilá, y está obligado a traer un korbán y a pagar el capital y la quinta parte.

El segundo caso: quien toma de los fondos del Hekdesh:

La mishná continúa con un caso muy similar, aunque un poco más simple: nadie le entregó nada, sino que él tenía acceso a ciertos fondos pertenecientes al Hekdesh, y tomó de ellos y los dio por sí mismo. Su provecho, como se dijo, es que no le tomen una prenda por el pago de su deuda con el Hekdesh. Y también aquí, si ya se extrajo la teruma y con ella se trajo un animal - "maal" - efectivamente transgredió la prohibición de meilá.

¿Por qué se requiere que se traiga el animal?

Cuando la mishná condiciona la meilá a que se traiga el animal con esos fondos, su intención es que antes de traer el animal la persona no queda obligada por meilá, ya que todo lo que hizo fue tomar del Hekdesh y darlo a otra forma de Hekdesh. Y la halajá es que quien traslada algo de una forma de Hekdesh a otra forma de Hekdesh no queda obligado por meilá salvo que se haya realizado una acción en la segunda forma del Hekdesh. No basta con pasar de un bolsillo a otro, sino que se requiere una concreción efectiva: que se haya traído con ello un animal, y solo entonces queda obligado por meilá. Hay quienes sostienen que también en el primer caso se trata de después de que el animal ya fue traído efectivamente, y hay quienes entienden que en el primer caso no hace falta traer el animal para quedar obligado por meilá.

Un shékel de dinero de maaser shení y de shevi'it:

La mishná continúa: quien da su mitad del shékel con dinero que tiene sobre sí la santidad de maaser shení o la santidad de shevi'it de la shemitá, tiene sobre sí una obligación adicional:

  • Dinero de maaser shení: debe comer alimento en Jerusalén.

  • Dinero de shevi'it: debe comer alimento con la santidad de shevi'it, con las halajot asociadas que corresponden a comer alimento del año de la shemitá.

Esta comida es, en cierto sentido, una especie de redención: una manera de redimir el valor del maaser shení o el valor de la shevi'it que había sobre el dinero que usó para su mitad del shékel.

La forma de la redención:

La persona toma otra moneda y dice que aquel dinero de maaser shení o de shevi'it, dondequiera que se encuentre, después de haberlo dado al Hekdesh, quede redimido sobre esta moneda. Y entonces usa esa moneda para comprar el alimento, que se comerá con la santidad de maaser shení o con la santidad de shevi'it.