Continuamos con el tratado de Rosh Hashaná, capítulo 1, mishná 4. Esta mishná trata sobre el permiso concedido a los testigos del nuevo mes para profanar el Shabat con el fin de llegar al tribunal, y sobre la cuestión de para qué meses se otorga este permiso y cuál es su razón.
Texto de la Mishná:
"Al shnei jodashim mejalelin et haShabat: al Nisán veal Tishrei, shebahén hashlujín yotzín leSuria, uvahén metaknín et hamoadot. Ukshehayá Beit haMikdash kayam - mejalelín af al kulán, mipnei takanat hakorbán".
Explicación de la Mishná:
Los testigos que veían la luna nueva estaban autorizados a profanar el Shabat, si ello era necesario para llegar al tribunal a tiempo, de modo que el tribunal pudiera fijar el día treinta como el primer día del mes siguiente. Según la Torá les estaba permitido profanar el Shabat en todos los meses del año, pero los Sabios restringieron el permiso a solo dos meses: Nisán y Tishrei.
Dos razones se mencionan en la mishná respecto a la singularidad de estos meses:
"shebahén hashlujín yotzín leSuria" - estos son los meses en los que los emisarios salían para informar a los de la diáspora sobre la fijación del mes.
"uvahén metaknín et hamoadot" - en estos meses se fijan las festividades: Pésaj en Nisán, y Yom Kipur y Sukot en Tishrei. Por ello se cuidaron de profanar el Shabat por ellos, para asegurarse de que las festividades se fijaran en su momento correcto.
"Ukshehayá Beit haMikdash kayam - mejalelín af al kulán" - en la época en que el Templo existía, los testigos profanaban el Shabat por todos los meses del año, "mipnei takanat hakorbán" - para que la ofrenda de Rosh Jodesh se ofreciera como corresponde en su día, que es el verdadero día de Rosh Jodesh.
Pregunta de la Guemará:
La Guemará señala que la primera razón, la salida de los emisarios hacia Suria, no puede ser la razón verdadera. Pues, como aprendimos en la mishná anterior, en seis meses del año salían los emisarios, y no solo en Nisán y Tishrei.
Sin embargo, existe una diferencia entre la manera en que salían en estos dos meses y en el resto de los meses del año: en los demás meses los emisarios salían una vez que se aclaraba que al día siguiente se santificaría el mes, aunque no hubieran escuchado al tribunal proclamarlo como Rosh Jodesh. En cambio, en Nisán y Tishrei, en los que se requería una certeza absoluta, no salían hasta haber escuchado efectivamente la santificación del mes.
Aun así la Guemará pregunta: los emisarios del tribunal mismos no profanan el Shabat. Si es así, su salida no constituye prueba del permiso de los testigos para profanar el Shabat: ¿por qué habrían de profanar los testigos el Shabat a causa de la salida de los emisarios? De aquí la Guemará concluye que la razón principal para la profanación del Shabat en estos dos meses es la fijación de las festividades: porque en estos meses se fijan las festividades, y no porque en ellos salgan los emisarios.
En resumen: en esta mishná aprendimos que los Sabios restringieron el permiso de profanar el Shabat para los testigos del mes a solo dos meses - Nisán y Tishrei, y dieron para ello dos razones: la salida de los emisarios hacia Suria y la fijación de las festividades. La Guemará determinó que la razón principal es la fijación de las festividades, ya que los emisarios mismos no profanan el Shabat. Aprendimos además que en la época en que el Templo existía el permiso se extendía a todos los meses del año, por causa de la ofrenda.