Peá, capítulo 1, mishná 4. Esta mishná nos enseña las condiciones necesarias para que un cultivo determinado se considere obligado en peá. Detallaremos cada condición y explicaremos qué se incluye en ella y qué queda excluido.
"Kelal amru bepeá" - Una regla general dijeron acerca de la peá:
La mishná establece una regla mediante la cual es posible determinar qué está obligado en peá y qué está exento de ella. Estas son las condiciones:
"Kol shehú ojel" - todo aquello que es comestible. Esta condición viene a excluir las especies de plantas que crecen para fines de teñido. Aunque a veces una persona pueda comer de ellas por necesidad, dado que su uso principal es el teñido y no la alimentación, no están obligadas en peá.
"Venishmar" - algo que el dueño se preocupa de custodiar, a diferencia de lo abandonado (hefker). Lo que no está bajo la propiedad de una persona no está obligado en peá.
"Veguidulav min haáretz" - que crezca de la tierra. Esta condición viene a excluir las trufas y los hongos.
"Ulekitató keejad" - que su recolección se haga en un solo momento. Hay frutos y cultivos que se recogen todos juntos, y otros que no. Un ejemplo de ello son los higos, que maduran poco a poco y cuya recolección no se hace de una sola vez, y por eso no están obligados en peá.
"Umajnisó lekiyum" - que sea algo que la persona almacena y conserva. Quedan excluidas de esta regla las verduras de hoja, que se marchitan de inmediato y no es posible ponerlas en almacenamiento.
La mishná concluye con ejemplos de cosas obligadas en peá: los cereales y las legumbres. Los granos, así como las legumbres y las habas, se incluyen todos en la regla que se dijo acerca de la peá, y por eso todos están obligados en peá.
En resumen: en esta mishná aprendimos cinco condiciones para la obligación de peá: que sea comestible, que sea custodiado, que crezca de la tierra, que su recolección sea de una sola vez, y que se almacene para conservarlo. De estas condiciones quedaron excluidas las plantas de teñido, lo abandonado, las trufas y los hongos, los higos y las verduras de hoja; mientras que los cereales y las legumbres se incluyen en la regla y están obligados en peá.