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Nidá, Capítulo 3, Mishná 6: Tumtum, androginós y cuándo se considera que hubo un parto

Nidá, capítulo 3, mishná 6. Este capítulo trata sobre la mujer que aborta y pregunta cuándo se aplica la tumá del parto y cómo cuenta sus días de tumá y sus días de tahará. Nuestra mishná se ocupa de dos cuestiones distintas: qué sucede cuando no es posible establecer el sexo de la criatura, y en qué momento exacto se considera que el parto ya ocurrió.

Un tumtum y un androginós

La mishná comienza: "Hamapeles tumtum ve'androguinós". En el caso de un tumtum no se aprecia nada que permita identificar a la criatura como varón o como hembra, de modo que el sexo simplemente no puede determinarse. Un androguinós, en cambio, presenta a la vez los signos de ambos sexos. En cualquiera de los dos casos la halajá es "teshev lezajar velenekeivá": se aplica la tumá del parto, y como no hay manera de decidir cuál de las dos cuentas la rige, queda obligada por el lado estricto de cada una. En la práctica guarda catorce días de tumá, como en el nacimiento de una hija, y luego no más de veintiséis días de tahará, de modo que todo el período se cierra en el día cuarenta, como en el nacimiento de un hijo.

Mellizos

La mishná pasa ahora a la mujer que abortó dos criaturas. "Tumtum vezajar", o un androginós junto con un varón: aquí también "teshev lezajar velenekeivá". Dado que una de las dos criaturas pudo haber sido hembra, no se le pueden conceder las facilidades propias de un nacimiento masculino solo, y otra vez le quedan catorce días de tumá seguidos de veintiséis días de tahará.

Pero "tumtum unekeivá", un tumtum o un androginós que salió junto con una hembra, es otro asunto: "teshev lenekeivá bilvad", observa únicamente las cuentas del nacimiento de una hembra. Aquí tenemos ante nosotros una hija con certeza, así que guarda catorce días de tumá seguidos de sesenta y seis días de tahará, ochenta días completos en total. Catorce y sesenta y seis encajan a la perfección, ya que ciertamente nació una hija. Y la presencia del tumtum o del androginós junto a esa hija no le resta nada, ni reduce su derecho a los sesenta y seis días completos de tahará.

¿Cuándo se considera que hubo parto?

La última parte de la mishná define el momento en que comienza la tumá del parto. "Yatzá mejutaj o mesurás": si lo que salió salió en pedazos y no entero, entonces "misheyatzá rubó, harei hu keyalud", una vez que salió la mayor parte de esos pedazos se lo considera un parto consumado, y desde ese momento ella es temeá por causa del parto.

"Yatzá kedarkó": cuando la criatura salió del modo normal, entera y con la cabeza primero, el momento decisivo es "ad sheyeitzé rov roshó": el instante en que salió la mayor parte de la cabeza. Antes de esa etapa ella sigue siendo tehorá; desde esa etapa en adelante recae sobre ella la tumá de la mujer que dio a luz.

La mishná concluye definiendo esa medida: "Ve'eizé rov roshó? Misheteitzé padajtó". Se considera que salió la mayor parte de la cabeza una vez que salió la frente.