TheWholeTorah.aiBeta

Nedarim Capítulo 7, Mishná 9: Votos condicionales sobre el beneficio y sobre la ida

Nedarim capítulo séptimo, mishná 9. Esta mishná trata de un voto en el que el marido prohíbe a su esposa beneficiarse de él, cuando la vigencia del voto depende de una condición: si ella va a la casa de su padre, y en qué lapso de tiempo.

El primer caso - "she'at nehenet li ad haPésaj, im telji leveit avij ad hejag" (que tú te beneficies de mí queda prohibido hasta Pésaj, si vas a la casa de tu padre hasta la festividad):

Estamos antes de Pésaj, y el marido le dice a su esposa que no le está permitido beneficiarse de él hasta el tiempo de Pésaj, si ella va a la casa de su padre durante todo el período hasta Sucot, es decir, si visita la casa de su padre entre ahora y la festividad, aunque ese tiempo sea posterior a Pésaj.

  • Fue antes de Pésaj: con ello activó la vigencia del voto, y por lo tanto le está prohibido beneficiarse de él hasta Pésaj, pues ese es el marco del voto: prohibición de beneficio hasta Pésaj.

  • Fue después de Pésaj: también esta ida activa el voto, y ella transgrede la prohibición de "bal yajel devaró" (que no profane su palabra). Si se benefició de su marido antes, previamente a Pésaj, en aquel momento el voto aún no estaba activado; se activó solo con su ida posterior a Pésaj y anterior a Sucot. Resulta que esa misma ida a la casa de su padre después de Pésaj es la transgresión de "bal yajel devaró", es decir, la profanación de la palabra y la violación del voto. Cabe señalar que no se trata de su propia palabra sino de la de su marido, y aun así ella incurre en la transgresión de violar un voto: le estaba prohibido beneficiarse de su marido, pero en la práctica transgredió esto solo a partir del momento en que activó el voto con su ida posterior a Pésaj.

Decreto de los Sabios:

La Guemará explica que por decreto rabínico le está prohibido beneficiarse. En el caso en que aún no se benefició de su marido, le está prohibido beneficiarse de él hasta Pésaj, como decreto por el temor de que finalmente vaya después de Pésaj. Por lo tanto ella no puede decir: "Me beneficiaré ahora, y no iré después de Pésaj", pues existe el temor de que vaya después de Pésaj y active con ello el voto. El segundo caso de nuestra mishná trata precisamente de quien ya se benefició y luego activó el voto, en cuyo caso incurre en la transgresión del voto.

El segundo caso - "she'at nehenet li ad hejag, im telji leveit avij ad haPésaj" (que tú te beneficies de mí queda prohibido hasta la festividad, si vas a la casa de tu padre hasta Pésaj):

Aquí el marido dice que le está prohibido beneficiarse de él hasta Sucot, si ella va a la casa de su padre hasta Pésaj.

  • Fue antes de Pésaj: activó el voto con su ida, y por lo tanto le está prohibido beneficiarse de él hasta Sucot.

  • Ir después de Pésaj: le está permitido, pues la condición misma se dijo solo respecto de la ida a la casa de su padre anterior a Pésaj. Después de Pésaj le está permitido ir a la casa de su padre, y en ello no hay activación de nada.

En resumen: en esta mishná aprendimos dos formulaciones de un voto condicional: cuando el tiempo de la prohibición de beneficio es más corto que el tiempo de la condición ("hasta Pésaj... si vas hasta la festividad"), la ida anterior a Pésaj activa el voto y le prohíbe beneficiarse hasta Pésaj, y la ida posterior a Pésaj la coloca en la transgresión de "bal yajel devaró"; y por decreto rabínico le fue prohibido el beneficio desde el inicio, como decreto por temor a que vaya después de Pésaj. Y cuando el tiempo de la prohibición de beneficio es más largo que el tiempo de la condición ("hasta la festividad... si vas hasta Pésaj"), la ida anterior a Pésaj le prohíbe beneficiarse hasta Sucot, mientras que después de Pésaj le está permitido ir a la casa de su padre.