Tenemos ante nosotros una mishná del tratado de Nedarim, que trata sobre quien hace un voto prohibiéndose todo beneficio de los "cabezas negras", y sobre la pregunta de quién queda incluido en esta expresión del voto y quién no.
Quiénes quedan incluidos en el voto:
Los calvos - aunque la expresión "cabezas negras" parece indicar a quien tiene cabello negro, también queda incluido en el voto el calvo que no tiene cabello alguno.
Los de cabello blanco - también ellos están incluidos en el voto.
La razón de esto: quien hizo el voto no lo hizo respecto de "aquellos que tienen cabello". Si hubiera dicho "personas que tienen cabello", solo habría incluido a los que tienen cabello; pero el término "cabezas negras" se usa de manera general para referirse a los hombres en su conjunto, y por eso también los de cabello blanco están incluidos en ello.
Quiénes no quedan incluidos en el voto:
Las mujeres - no se las llama así, ya que ellas suelen cubrirse la cabeza de manera habitual, y se las llama "cabezas cubiertas".
Los menores - los niños pequeños no mantienen su cabeza cubierta en absoluto, sino que andan con la cabeza descubierta, y por eso se los llama "cabezas descubiertas".
Resulta entonces que la expresión "cabezas negras" se refiere específicamente a los hombres adultos: dado que su cabeza está a veces cubierta y a veces descubierta, y la mayoría de ellos tiene cabello oscuro, se los denomina por ese motivo. Y como el nombre se asignó según la mayoría, quedan incluidos en él también quienes tienen cabello blanco y quienes no tienen cabello alguno.
En resumen: quien hace voto de abstenerse de los cabezas negras tiene prohibido beneficiarse de los calvos y de los de cabello blanco, y le está permitido beneficiarse de las mujeres y de los menores - ya que este nombre se asigna solo a los hombres, mientras que a las mujeres se las llama cabezas cubiertas y a los menores cabezas descubiertas.