Nazir, capítulo 4, mishná 6. Esta mishná enseña una ley especial en la aceptación de la nezirut: un padre puede aceptar la nezirut en nombre de su hijo. Esta norma es una halajá le'Moshé miSinai, y así lo expresa la mishná: "Haish madir et beno benazir, veein haishá madirá et bená benazir" - el hombre puede consagrar a su hijo como nazir, pero la mujer no puede consagrar a su hijo como nazir.
¿De qué hijo se trata?
No de un hijo mayor. Una vez que el hijo llega a la edad de trece años y un día, el padre ya no puede consagrarlo en nezirut. Esta norma se aplica únicamente al hijo que aún no llegó a la edad de los preceptos.
Condiciones para que el voto tenga validez:
La mishná misma no lo explica, pero la Guemará aclara que, aun cuando el padre consagra a su hijo en nezirut, esto depende de que el hijo calle y no proteste, y también de que el resto de los parientes no protesten. Si el hijo o alguno de los parientes protesta, la nezirut no tiene validez.
Formas de protesta:
El hijo cortó su cabello, y con ello demostró que no acepta la nezirut.
Los parientes le raparon el cabello, y con ello demostraron su oposición.
El hijo protesta con palabras.
Los parientes protestan con palabras.
Animales apartados para los sacrificios de la nezirut:
Si el padre ya apartó un animal para la nezirut, la norma depende de la identidad del sacrificio:
Jatat - el animal destinado a la ofrenda de pecado del hijo debe morir. Como aprendimos antes en el capítulo, cuando la nezirut ya no es relevante, por ejemplo, cuando el dueño murió y ya no es nazir, o cuando ya se hizo expiación con otra jatat, la norma del animal es morir.
Olá - se ofrece como olá de donación voluntaria (nedavá).
Shelamim - se traen como shelamim de donación voluntaria, salvo que "neejelet leyomó" - se come solamente durante un día, conforme a la norma de los shelamim del nazir, y aun así "einá teuná lejem" - no requiere el pan ni las oblaciones que acompañan a los shelamim del nazir, ya que aquí no hay nezirut.
"Hayú lo maot setumim - iplú lindavá":
Si apartó dinero pero no especificó qué dinero está destinado a qué sacrificio, ese dinero cae en las cajas del Templo destinadas a las ofrendas que completan el altar (kayitz hamizbéaj), sacrificios que se traen sobre el altar cuando no hay otro sacrificio sobre él. En la práctica, el dinero se entrega a la administración pública para que con él traigan ofrendas de donación voluntaria.
Dinero especificado:
Pero si tenía dinero que ya había sido designado y apartado, y especificó que este dinero es para la jatat, este para la olá y este para los shelamim:
"Demé jatat" - el dinero apartado para la jatat va al Mar Muerto, y debe arrojarse al mar. "Lo neheninveló moalín" - dado que no se lo utiliza, no rige en él la ley de meilá, pues es un bien consagrado que no está destinado al uso; de todos modos está prohibido beneficiarse de él a priori.
"Demé olá - iavíu olá" - con el dinero apartado para la olá se trae una olá de donación voluntaria. "Umoalín bahén" - quien se beneficia de él es responsable de una ofrenda por meilá, como todo aquel que se beneficia de un bien consagrado.
"Demé shelamim - iaví shelamim" - con el dinero apartado para los shelamim se traen shelamim de donación voluntaria. "Veneejelet leyomó" - como se explicó respecto del animal, se comen dentro de un solo día conforme a la norma de los shelamim del nazir, y por otro lado "einá teuná lejem" - no se requiere el pan del nazir, ni el pan ni las oblaciones que acompañan a los shelamim del nazir.
En resumen: en esta mishná aprendimos la norma del hombre que consagra a su hijo pequeño en nezirut, halajá le'Moshé miSinai, que rige mientras el hijo y los parientes no protesten con palabras ni con el acto de rapado. También aprendimos la norma de los animales apartados: la jatat debe morir, la olá y los shelamim se traen como donación voluntaria, y los shelamim se comen solamente durante un día y no requieren pan; y por último, la norma del dinero: el dinero no especificado cae a la donación voluntaria, y el especificado: el dinero de la jatat al Mar Muerto, y el dinero de la olá y de los shelamim a ofrendas de donación voluntaria conforme a sus normas.