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Nazir Capítulo 2, Mishná 8: Rabí Yehudá y Rabí Shimón respecto a la duda en el nazareato

Nazir capítulo 2, mishná 8. La mishná vuelve al caso tratado en la mishná anterior: una persona que aceptó sobre sí el nazareato con la condición de tener un hijo - "cuando tenga un hijo". Aquí la mishná analiza el caso de aquel cuya esposa abortó, y existe la duda de si ese aborto se considera un hijo o no.

"Hipilá ishtó - enó nazir":

En circunstancias de duda la mishná determina "enó nazir" - no se lo considera nazir. La Guemará explica que esta es la opinión de Rabí Yehudá, quien sostiene "safek nezirut lehakel": en toda duda relativa al nazareato se procede con lenidad. Y la razón es la siguiente: no era la intención de quien hizo el voto entrar en el nazareato en caso de duda, ni apuntó en su voto a aceptar un nazareato dudoso; su intención era que el voto entrara en vigor solo con certeza, cuando naciera un hijo sano y viable.

La postura de Rabí Shimón:

Rabí Shimón discrepa y sostiene que no se debe ignorar la duda sino enfrentarla, y por eso quien hace el voto dirá una condición doble: "im hayá ben kayamá - harí aní nazir jová, veim lav - harí aní nazir nedavá":

  • "im hayá ben kayamá" - si el feto que fue abortado era en verdad un hijo viable, que tenía el potencial de subsistir, entonces estoy obligado en el nazareato en virtud del voto que hice.

  • "veim lav" - y si no era un hijo viable, no me obligué en el nazareato en virtud del voto; aun así, "harí aní nazir nedavá" - acepto sobre mí el nazareato de forma voluntaria.

Resulta que de todos modos será nazir: o bien porque está obligado a ello en virtud del voto, o bien porque aceptó sobre sí un nazareato voluntario.

"Jazrá veyaldá - harí ze nazir":

Ahora la mishná analiza qué sucederá si, tras observar este nazareato, su esposa volvió a dar a luz un hijo viable. Según el tana kama, que representa la postura de Rabí Yehudá, "harí ze nazir": ahora es nazir en virtud de su voto original, ya que ahora se cumple la condición del voto, y en la primera ocasión no se cumplió, pues fuimos indulgentes en la duda.

Rabí Shimón dice: quien hizo el voto aceptó sobre sí el nazareato a causa de la posibilidad de que fuera un hijo viable, y como no sabemos si era un hijo viable, tampoco sabemos si cumplió su voto. El nazareato que observó fue entonces dudoso: quizás cumplimiento del voto y quizás solo un nazareato voluntario. Ahora, después de que su esposa volvió a dar a luz un hijo viable, de todos modos le corresponde observar en algún momento un nazareato obligatorio y cumplir su voto. Por eso dirá: "im harishón ben kayamá - harishón jová veze nedavá, veim lav - harishón nedavá veze jová":

  • "im harishón ben kayamá" - si el primer feto, el que fue abortado, era viable, entonces el primer nazareato que observé fue un nazareato obligatorio para el cumplimiento de mi voto, y este que acepto ahora es un nazareato voluntario, que solo observo a causa de la posibilidad de que el primero ya haya cumplido el voto.

  • "veim lav" - y si el primer feto que fue abortado no era viable, entonces el primer nazareato fue voluntario, y este que observo ahora es un nazareato obligatorio, para el cumplimiento del voto que hice al principio.

En resumen: en esta mishná aprendimos la discrepancia entre Rabí Yehudá y Rabí Shimón respecto a la duda en el nazareato. Según Rabí Yehudá "safek nezirut lehakel", y por eso aquel cuya esposa abortó no es nazir, y cuando ella volvió a dar a luz un hijo viable es nazir en virtud de su voto original. Según Rabí Shimón hay que enfrentar la duda con una condición doble: en el aborto, nazir obligatorio o nazir voluntario, y tras volver a dar a luz, el primero obligatorio y este voluntario, o el primero voluntario y este obligatorio, de modo que de todos modos el voto se cumpla en su totalidad.