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Maasrot Capítulo 5, Mishná 8: la última mishná del tratado de Maasrot

Maasrot, capítulo 5, mishná 8: la última mishná del tratado de Maasrot. Hay en ello un poco de tristeza, pero como se dijo sabiamente: no estés triste porque terminó, sino alégrate de que sucedió. Disfrutemos, entonces, de la última mishná que tenemos ante nosotros.

La mishná trata sobre tipos especiales de alimentos exentos de maasrot, siendo distinto el motivo de la exención en cada una de las dos listas que presenta. La primera lista incluye especies que no se acostumbra a cultivar: crecen silvestres, y la gente no se toma la molestia de cultivarlas ni de cuidarlas. De aquí que quien compra estos alimentos puede suponer que no están obligados en el maaser, ya que no provienen de un campo cuidado y trabajado. Y como recordamos del primer capítulo, solo un alimento trabajado y cuidado (guardado para uso privado) está sujeto a la obligación de maasrot.

La primera lista: especies que no se acostumbra a cultivar:

  • "shum baal bji" - ajo que hace lagrimear los ojos por su excesivo picor. El Bartenura trae una segunda explicación, según la cual "baal bji" es el nombre de cierta región (en el territorio del actual Líbano) de la que proviene este ajo.

  • "uvatzal shel rejpa" - cebollas que provienen de un lugar llamado Rejpa, o cebollas que provocan el lagrimeo de los ojos.

  • "ugrisin hakilkin" - habas que provienen de un lugar llamado Cilicia. Estas habas nos son conocidas del tratado de Negaim, ya que su forma es casi cuadrada, y por ello sirven como medida oficial del tamaño de un "gris" (por ejemplo, para la medida de la mancha de tzaraat).

  • "vaadashim hamitzriot" - lentejas que provienen de Egipto.

A esta lista se agregan dos elementos más, según opiniones de tanaim:

  • Rabí Meir agrega: "af hakarkas" - un tipo de repollo. Solo que la Guemará explica que a veces la gente sí lo cultiva.

  • Rabí Iosí agrega: "af hakotnim" - un tipo de lentejas, que en su opinión la gente no cultiva. También aquí dice la Guemará que en la práctica sí las cultivan de vez en cuando, y por lo tanto no pertenecen a la lista.

Todos estos están exentos de los maasrot, por el motivo que se explicó: no se cuidan ni se acostumbra a cultivarlos. Conviene destacar que si se supiera con certeza que una persona cultivó estas especies, estarían obligadas en las obligaciones del maaser; solo que cuando el comprador no sabe nada, puede suponer que no fueron cultivadas.

"venilkajim mikol adam bashviit":

En el año de shemitá una persona teme comprar productos de quien no observa la shemitá como corresponde, ya que a quien restringe la entrada a sus campos, el producto que crece en ellos queda prohibido, y resulta que el comprador estaría comiendo un alimento prohibido. Sin embargo, respecto de estas especies se puede suponer con seguridad que nadie las cultiva, y si una persona las vende, necesariamente se topó con ellas en la naturaleza. Por ello se dice "venilkajim mikol adam bashviit" - está permitido comprarlas de cualquier persona en el año de shemitá.

Conviene señalar dos puntos más: en el año de shemitá no se comercia normalmente con los frutos de shemitá, y por ello dice la Guemará en Suká que solo se puede comprar de tal persona la cantidad suficiente para tres comidas. Asimismo, el dinero que se usa para comprarlas también se santifica con la santidad de shemitá.

La segunda lista: semillas que no son aptas para el consumo:

También los elementos de la segunda lista están exentos de las obligaciones de maasrot, solo que el motivo de la exención es distinto: no son aptos en absoluto para el consumo. El luf es una especie de la familia del allium, que incluye cebollas, ajos, cebollino, chalota, puerro y cebolla verde. Y estas son las semillas que se enumeran en la mishná:

  • "zera luf ha'elyón" - las semillas del luf. Algunos explican que se refiere a una especie de luf llamada "elyón" (superior), y otros explican que son las semillas superiores de la planta del luf.

  • "zera kerishín" - las semillas que provienen del puerro.

  • "zera betzalim" - las semillas que provienen de la cebolla.

  • "zera lefet u'tzenonot" - las semillas que provienen del nabo y del rábano.

  • "u'she'ar zir'oné giná" - todas las semillas de huerto en su sentido simple.

Como se recuerda del tratado de Kilaim, las semillas de huerto son, según el Rambam, todas las clases de semillas que se cosechan para sembrar nuevas cosechas, pero que en sí mismas no son aptas para el consumo, a diferencia de las legumbres, en las que se cosechan las semillas de la planta para comerlas directamente, como los guisantes, el arroz y similares.

Dado que todas esas semillas están en la categoría de "she'enán ne'ejalín" (que no se comen), están "peturín min ha'ma'asrot" (exentas de los diezmos) por completo. Y la Mishná añade: "ve'nilkajim mi'kol adam ba'shevi'it" (y se adquieren de cualquier persona en el año de Shemitá) - nadie se dedica a cultivar semillas de cebolla y similares en circunstancias normales, ni limita el acceso a ellas, y por lo tanto está permitido comprarlas de cualquier persona. Solo que aquí, a diferencia de la primera lista, no tienen santidad de Shemitá, ya que no se consideran alimento, y por lo tanto tampoco el dinero que se usa para comprarlas adquiere santidad de Shemitá.

"ve'af al pi she'avihén terumá":

El final de la Mishná puede resultar algo confuso, pues la letra shin al comienzo de una palabra suele significar "porque" o "y como consecuencia de ello", mientras que aquí funciona como la vav de unión: la Mishná añade un elemento más digno de mención. Es decir, incluso en el caso de que las cebollas de las que provinieron las semillas de cebolla, o los puerros de los que provinieron las semillas de puerro, hubieran sido Terumá.

La regla habitual, como se recuerda del tratado de Terumot, es que "lo que crece de la Terumá es Terumá": quien siembra Terumá de manera prohibida, lo que brota de la tierra también recibe la ley de Terumá. Sin embargo, esta regla no se aplica a las semillas que no son aptas para el consumo, y por lo tanto la Mishná dice "haré elu ye'ajelú" (estas podrán comerse) - incluso por quien no es kohen.

Resulta, pues, que el punto de esta lista es que son alimentos no comestibles, y por eso están exentos de los diezmos y no tienen restricciones en el año de Shemitá. Y si aun así las circunstancias llevan a que una persona coma estas semillas, puede comerlas: no tienen santidad de Shemitá, ni tampoco santidad de Terumá, ya que la regla "lo que crece de la Terumá es Terumá" no se aplica a las cosas no comestibles, como una semilla de huerto que no se puede comer.

En resumen: en esta Mishná se enumeraron dos listas de alimentos exentos de los diezmos: la primera, especies que no suelen procesarse ni conservarse, y por eso están exentas y se adquieren de cualquier persona en el año de Shemitá, aunque sí tienen santidad de Shemitá; y la segunda, semillas que no son aptas para el consumo, exentas de los diezmos, que se adquieren de cualquier persona en la Shemitá sin santidad de Shemitá, y que tampoco quedan prohibidas por la ley de "lo que crece de la Terumá es Terumá".

Y con esto hemos llegado a la conclusión del tratado de Ma'asrot, baruj Hashem. Y con la ayuda de Hashem comenzaremos el próximo tratado, Ma'aser Shení.