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Kesuvos Capítulo 7, Mishná 4: Los votos que limitan las visitas a la casa de su padre

Ketubot capítulo 7, Mishná 4. La Mishná comienza con la expresión "HaMadir et ishtó shelo teilej leveit avíha" - el que impone un voto a su esposa para que no vaya a la casa de su padre. Según el sentido literal de las palabras, se trata de un esposo que hace un voto contra su esposa; sin embargo, la Guemará explica, tal como ya vimos en las dos mishnayot anteriores, que se trata de un caso en el que fue la mujer quien hizo el voto, y el esposo lo mantiene y no lo anula.

Cuál es el voto del que trata la Mishná:

El esposo no puede anular cualquier voto, sino solo un voto que implique aflicción del alma (algo que angustia a la mujer) o un voto que se refiera a asuntos íntimos entre ambos. Por eso la Guemará explica que el voto que tenemos ante nosotros es que la mujer se prohibió a sí misma el placer de la relación conyugal con él si va a la casa de su padre. En un voto de este tipo él tiene la posibilidad de anularlo, y una vez que eligió no anularlo sino mantenerlo, le corresponde divorciarse de ella y darle su ketubá.

Cuando la casa de su padre está en la misma ciudad:

La Mishná hace una distinción: "Bizmán shehú imáh ba'ir" - cuando la casa de su padre se encuentra en la misma ciudad, y por eso ella suele ir allí con frecuencia. En estas circunstancias la medida se establece según los meses:

  • "Jodesh ejad - mekayem" - un mes lo mantiene: si hizo el voto de no ir a la casa de su padre durante un mes, él no está obligado a divorciarse de ella, ya que ella puede tolerarlo durante un mes.

  • "Shnáyim - yotzí veyitén ketubá" - dos, la divorcia y da la ketubá: si hizo el voto de mantenerse alejada de la casa de su padre por más de un mes, debe divorciarse de ella de inmediato y darle su ketubá.

  • Voto sin especificar: si hizo el voto de manera general, sin fijar un período de tiempo determinado, también aquí debe darle un guet y la ketubá de inmediato.

Cuando la casa de su padre está en otra ciudad:

Cuando su padre reside en otra ciudad, el criterio no se basa en meses sino en las festividades, es decir, en las fiestas de Israel: "Réguel ejad - mekayem, shloshá - yotzí veyitén ketubá" - una festividad la mantiene, tres, la divorcia y da la ketubá. Si el voto es de no ir una festividad, él no está obligado a divorciarse de ella; y si hizo el voto de no ir tres festividades, la divorcia y da la ketubá.

Sin embargo, la Guemará explica que el salto de un mes a tres festividades no se entiende de manera literal, y hay que agregar algo a las palabras de la Mishná. El agregado es el que ya mencionamos en varias mishnayot anteriores: hay una diferencia entre la esposa de un kohen y la esposa de un israelita, ya que a la esposa de un kohen se le concede un plazo más largo. Y así hay que leer la Mishná:

  • Esposa de un israelita: una festividad lo mantiene y no está obligado a darle un guet; más de una festividad, la divorcia y da la ketubá.

  • Esposa de un kohen: dos festividades las mantiene y no está obligado a divorciarse de ella; tres festividades, la divorcia y le da su ketubá.

En resumen: en esta Mishná aprendimos que se trata de una mujer que hizo el voto de no disfrutar de su esposo si va a la casa de su padre, y de un esposo que mantiene su voto y no lo anula. Cuando la casa de su padre está en la misma ciudad, esto se mide en meses: un mes lo mantiene, y más que eso (así como en un voto sin plazo fijado) la divorcia y da la ketubá. Cuando la casa de su padre está en otra ciudad, esto se mide en festividades, y según la explicación de la Guemará hay que distinguir entre la esposa de un israelita, en la que la medida es de una festividad, y la esposa de un kohen, en la que la medida es de dos festividades.