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Gittin Capítulo 9, Mishná 1: Condiciones en el guet

Tratado de Guitín, capítulo 9, mishná 1. Esta mishná trata sobre distintos tipos de condiciones y limitaciones impuestas al guet: cuándo una limitación menoscaba la validez del guet y cuándo no la afecta en absoluto.

La mishná comienza con el caso de quien se divorcia de su esposa y le dice: "Harei at muteret lejol adam juts mi'ish ploni" - "He aquí que estás permitida a todo hombre excepto a fulano". El guet mismo incluye el texto del divorcio, pero se le impone una limitación: la mujer queda permitida en virtud de este guet aunque no la libera del todo, ya que queda un hombre con el cual le está prohibido casarse. Según Rabí Eliezer, un guet así es válido.

Fuente de la ley - condición de divorciada aun en un divorcio parcial:

El razonamiento de Rabí Eliezer, tal como lo explica la Guemará, se aprende del versículo que prohíbe al kohen casarse con una divorciada: "veishá guerushá me'ishá". Del lenguaje del versículo se aprende que aunque la mujer solo esté divorciada de su marido, es decir, que él haya condicionado que ella no puede casarse con ningún otro hombre, ello basta para inhabilitarla ante un kohen. El guet le otorga condición de divorciada aun cuando no la permite casarse con nadie. Resulta entonces que si el marido muere, ella igualmente se considera divorciada respecto de las leyes de kehuná.

Disputa entre Rabí Eliezer y los Sabios:

Sobre esta base razona Rabí Eliezer: si ella se considera divorciada respecto del kohen aun cuando no está permitida a nadie, con mayor razón cuando él la permitió a todo hombre excepto a uno solo, ha de ser este un guet válido para todo efecto.

Los Sabios discrepan y dicen que no se puede aprender de aquí: aquello se dijo respecto de las leyes de kehuná, en las que somos más estrictos con los kohanim, y por eso otorgamos a este guet apenas una condición mínima. Pero en general, mientras el marido no permita a su esposa a todo hombre, no se trata de un guet válido.

Distinción entre limitar la fuerza del guet y una condición dentro del guet:

  • "Al menat shelo tinasi liploni" - "Con la condición de que no te cases con fulano": si el marido dijo: he aquí que te doy este guet con la condición de que no te cases con cierto hombre, es un guet válido. No limita la fuerza del guet, sino que solo impone una condición: en cuanto a las leyes de guitín y en cuanto a los asuntos matrimoniales ella está permitida a todo hombre, solo que él no quiere que luego se case con ese hombre determinado. Una condición así no afecta la validez del guet.

  • "Al menat shetinasi liploni" - "Con la condición de que te cases con fulano": en el caso inverso, en que él le dijo: he aquí que estás permitida a todo hombre con la condición de que te cases con cierto hombre, aunque según la Torá es un guet válido, los Sabios prohibieron hacerlo. El asunto parece como si las personas intercambiaran mujeres entre sí, y esto es una imagen repugnante.

Resumen: en esta mishná aprendimos que una limitación que restringe la fuerza misma del guet, "juts mi'ish ploni" - "excepto a fulano", invalida el guet según los Sabios, aunque Rabí Eliezer lo declaró válido en virtud de lo que se aprende de las leyes de kehuná, donde basta un divorcio parcial para otorgar a la mujer condición de divorciada. En cambio, una condición que no limita la fuerza del guet sino que condiciona su conducta posterior es válida. Y en el caso de "con la condición de que te cases con fulano", aunque según la Torá el guet es válido, los Sabios lo prohibieron por la apariencia repugnante ante los demás.