Tenemos ante nosotros la mishná 5 del capítulo 7 del tratado de Guitín, que trata acerca del divorcio hecho bajo condición: desde cuándo se hace efectivo el divorcio, y cómo se juzga cuando a la mujer se le impide cumplir la condición.
Texto de la mishná:
"Harei ze guitej al menat shetitni li matáyim zuz - harei zo meguéreshet vetitén" - una persona que entrega el guet a su esposa y estipula con ella que le dé doscientos zuz, ella queda divorciada desde el momento de la entrega del guet, siempre y cuando cumpla la condición y efectivamente le entregue los doscientos zuz.
En cambio, cuando el esposo emplea una expresión distinta: "Al menat shetitni li mikán vead sheloshim yom - im natná lo betoj sheloshim yom meguéreshet, veim lav einá meguéreshet" - aquí el esposo estableció un marco de tiempo. Si le entregó los doscientos zuz dentro de los treinta días, el divorcio se hace efectivo; si no se los entregó, el guet no toma efecto.
El complemento de la Guemará al texto de la mishná:
En este punto la Guemará señala que en la mishná faltan algunas palabras, y así debe ser su versión: le dijo a su esposa "Harei ze guitej al menat shetitni li itzlatí" - la itzlatí es una especie de manto largo y especial - siempre y cuando se lo entregue, y entonces quedará divorciada. Pero sucedió que "avdá itzlató" (se perdió su manto). ¿Cómo se juzga este caso?
Taná kama: no queda divorciada. El esposo pidió un objeto determinado en particular, y una vez que este se perdió y ya no está en su poder cumplir la condición, el guet queda anulado y sin efecto.
Rabán Shimón ben Gamliel: "Titén lo et dameha" - es posible cumplir la condición con una compensación económica, ya que el esposo no tuvo intención de recibir únicamente ese objeto, sino el objeto o su valor.
El caso de Tzaidán:
Sobre esta postura, la mishná trae una prueba: "Amar Rabán Shimón ben Gamliel: maasé beTzaidán beejad sheamar leishtó harei ze guitej al menat shetitni li itzlatí, veavdá itzlató, veamrú jajamim titén lo et dameha" - en un lugar llamado Tzaidán ocurrió un caso con una persona que entregó el guet a su esposa bajo la condición de que le diera su manto, y el manto se perdió. Los sabios dictaminaron que le diera su valor en dinero, y con eso es suficiente.
Este caso apoya la posición de Rabán Shimón ben Gamliel y no la del taná kama: la entrega de la compensación económica cumple la condición, y por lo tanto el guet es válido.
En resumen: en esta mishná aprendimos las leyes del guet entregado bajo condición - con la expresión "harei zo meguéreshet vetitén", en la que el divorcio se hace efectivo desde el momento de la entrega y la condición se cumple después, y con la expresión que establece un plazo de treinta días, en la que el divorcio depende del cumplimiento de la condición dentro del plazo. Asimismo vimos el complemento de la Guemará acerca de la itzlatí que se perdió, la disputa entre el taná kama y Rabán Shimón ben Gamliel sobre si es posible cumplir la condición mediante el pago de su valor, y el caso de Tzaidán que apoya la posición de Rabán Shimón ben Gamliel.