Guitín capítulo 1, mishná 2. En esta mishná Rabí Iehudá traza los límites de la Tierra de Israel, y define qué es 'medinat hayam' (el ultramar), es decir, qué es lo que se considera fuera, de modo que el mensajero que trae de allí un guet debe declarar sobre él "delante de mí fue escrito y delante de mí fue firmado".
Los límites de la Tierra de Israel según Rabí Iehudá:
"MeRekem lamizraj, veRekem kamizraj" - la ciudad de Rekem, que ya fue mencionada en la mishná anterior: desde Rekem y más allá hacia el este se considera medinat hayam, e incluso Rekem misma tiene el estatus del este, es decir, de medinat hayam.
"MeAshkelón ladarom, veAshkelón kadarom" - desde Ashkelón y más allá hacia el sur se considera medinat hayam, y Ashkelón misma se considera como el sur: no forma parte de la Tierra de Israel, sino de medinat hayam.
"MeAko latzafón, veAko katzafón" - desde Ako y más allá hacia el norte se considera medinat hayam, e incluso Ako misma tiene el estatus del norte, fuera de los límites de la Tierra de Israel.
La opinión de Rabí Meir:
"Rabí Meir omer: Ako keEretz Israel leguitín" - Rabí Meir discrepa y sostiene que, en lo referente a los guitín, el estatus de Ako es como el de la Tierra de Israel, y por lo tanto está dentro de los límites.
La mishná no necesita referirse en absoluto al límite occidental, ya que en el oeste el mar mismo sirve como límite.
En resumen: en esta mishná Rabí Iehudá estableció tres límites que separan entre la Tierra de Israel y medinat hayam - Rekem en el este, Ashkelón en el sur y Ako en el norte, incluyéndose las tres ciudades mismas dentro de medinat hayam; y Rabí Meir discrepa y sostiene que el estatus de Ako es como el de la Tierra de Israel en lo referente a los guitín.