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Jala Capítulo 4, Mishná 7: la condición de Siria respecto al diezmo y a la jalá

Jalá, capítulo 4, mishná 7. Esta mishná trata sobre la condición de los cultivos que crecen en Siria. Siria posee una condición particular a lo largo de las leyes de la Torá: en parte su ley es como la de la Tierra de Israel y en parte no lo es. La razón de ello es que el rey David conquistó Siria y la añadió a la Tierra de Israel antes de que fuera conquistado el cuerpo entero de la Tierra de Israel en una conquista completa, y por eso nunca recibió la condición plena de la Tierra de Israel. Nuestra mishná trata sobre esta condición respecto a algunas leyes.

La condición de la cosecha de un gentil en Siria:

Una de las leyes relativas a Siria es que un judío que cultiva grano allí, su cosecha está obligada en Terumá y diezmo, mientras que la cosecha de un gentil en Siria está exenta. En la Tierra de Israel hubo discrepancia sobre si los cultivos de un gentil quedan libres de la obligación del diezmo, pero en Siria todos coinciden en que la cosecha de un gentil está exenta de Terumá y diezmo.

Nuestra mishná se ocupa de dos temas: la ley del judío que es aparcero de un gentil en Siria, y la condición de la jalá en Siria, y por esta razón se encuentra en nuestro tratado.

Dos jalot fuera de la Tierra de Israel:

Fuera de la Tierra de Israel acostumbraban en la época de la Mishná separar dos jalot:

  • Jalá que se quema - por ley rabínica existe fuera de la Tierra la impureza de la tierra de las naciones, pues todo el territorio fuera de la Tierra de Israel se considera impuro. Por consiguiente, la jalá separada allí queda impura, y una jalá impura se quema.

  • Jalá que se entrega al kohen - se separa una segunda jalá como recuerdo de la ley de la jalá que se entrega al kohen, y esa se entrega al kohen.

En la Tierra de Israel, en cambio, se separa una sola jalá. De aquí se deriva la discrepancia sobre la condición de Siria respecto a la impureza de la tierra de las naciones: ¿hay en ella impureza como en cualquier lugar fuera de la Tierra, o su ley es como la de la Tierra de Israel, que es pura?

Texto de la mishná:

"Israel shehayú arisín lenojrim beSuria" - un judío que arrienda tierra de un gentil, toma un porcentaje de la cosecha y entrega el resto a los dueños, o entrega a los dueños un porcentaje y guarda el resto para sí.

  • "Rabí Eliézer mejaiev peroteihén bemaasrot uvashviit" - los frutos están obligados en el diezmo y en la ley del séptimo año. Algunos explican que, por ley estricta, correspondería eximirlos, pues la tierra es propiedad de un gentil, pero decretaron obligar, ya sea como multa, para que la persona no se contrate como aparcero de un gentil, o para que no fijen su sustento en Siria, pues es nuestro deseo que se asienten en la Tierra de Israel.

  • "veRabán Gamliel poter" - están exentos del diezmo y de la ley del séptimo año, pues dado que la tierra pertenece a un gentil no hay en ella ley de diezmo ni tampoco ley de shemitá.

Su discrepancia respecto a la jalá:

  • Rabán Gamliel: se separan en Siria dos jalot, una se quema y una se entrega al kohen, conforme a la ley de fuera de la Tierra. Su postura es coherente: así como consideró la tierra como propiedad de un gentil y la eximió del diezmo y de la ley del séptimo año, del mismo modo le da a Siria la ley de fuera de la Tierra.

  • Rabí Eliézer: la ley de Siria es como la de la Tierra de Israel, y por ello se separa en ella una sola jalá.

La mishná relata que al principio acostumbraban adoptar la posición indulgente de Rabán Gamliel, la exención del diezmo y de la ley del séptimo año, y la posición indulgente de Rabí Eliézer, la separación de una sola jalá. Pero estas dos se contradicen entre sí: la indulgencia de Rabán Gamliel se basa en que Siria se considera como fuera de la Tierra, mientras que la indulgencia de Rabí Eliézer se basa en que su ley es como la de la Tierra de Israel. No es posible sostener ambas a la vez, pues o bien su ley es como la de la Tierra de Israel o bien es como la de fuera de la Tierra.

Por ello "jazrú linhog keRabán Gamliel bishtei derajim" - acostumbraron como Rabán Gamliel en ambos asuntos: respecto al diezmo y a la ley del séptimo año los eximieron conforme a la ley de fuera de la Tierra, y también respecto a la jalá separaron dos jalot, conforme a la ley de fuera de la Tierra.