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Jala Capítulo 2, Mishná 1: la jalá en la Tierra de Israel y fuera de ella

Jalá, capítulo 2, mishná 1. Esta mishná trata una cuestión fundamental: ¿la obligación de la jalá es exclusiva de la Tierra de Israel, o acaso rige también en el grano cuyo origen está fuera de la Tierra?

"Perot jutz laaretz shenijnesu laaretz":

La mishná comienza con "perot jutz laaretz" - frutos de fuera de la Tierra. La intención de la palabra 'frutos' es el grano, y en nuestro caso el cereal, uno de los cinco tipos de cereal relevantes para la mitzvá de la jalá. Estos frutos crecieron fuera de la Tierra de Israel, pero entraron a la Tierra y allí se convirtieron en masa. La mishná determina que están obligados en la jalá, a pesar de que el grano mismo creció fuera de la Tierra.

Esta ley se aprende del versículo: "a la tierra a la que Yo os llevo" - desde el momento en que entráis a la Tierra a la que Yo os llevo, allí recae sobre vosotros la obligación, tanto en los frutos de fuera de la Tierra como en los frutos de la Tierra, mientras la masa se elabore en la Tierra de Israel.

"Iatzá mikán lesham" - la discrepancia entre Rabí Eliézer y Rabí Akivá:

La mishná continúa y trata el caso inverso: una persona que sale de aquí, de la Tierra de Israel, hacia allá, fuera de la Tierra, y lleva consigo grano que creció en la Tierra de Israel, pero la masa la elaborará fuera de la Tierra. En esta ley discreparon los tanaím:

  • Rabí Eliézer obliga - según su opinión, el grano está obligado en la jalá, ya que proviene del producto de la Tierra de Israel.

  • Rabí Akivá exime - según su opinión, el amasado de la masa, es decir, la conversión del grano en masa, es lo que debe ocurrir en la Tierra de Israel. Como el amasado no se hizo en la Tierra, el origen del grano no basta para obligarla.

En resumen: en esta mishná aprendimos dos lados de una misma cuestión. Los frutos que crecieron fuera de la Tierra y entraron a la Tierra y allí se convirtieron en masa están obligados en la jalá, como se aprende del versículo "a la tierra a la que Yo os llevo". En cambio, en los frutos que crecieron en la Tierra y salieron de aquí hacia allá, discreparon los tanaím: Rabí Eliézer obliga por el origen del grano, y Rabí Akivá exime, ya que según su opinión el amasado de la masa es lo determinante y debe hacerse en la Tierra de Israel.