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Bava Kama Capítulo 6, Mishná 6: Chispas, el camello cargado de lino y la vela de Jánuca

Llegamos a la sexta y última Mishná del sexto capítulo del tratado de Bava Kamá. La Mishná comienza con la ley de getz sheyatza - una chispa que sale despedida de debajo del pesado martillo que golpea el yunque. Si la chispa causó daño, el herrero que golpea el martillo es responsable. Sin embargo, hay que aclarar: ¿en virtud de qué ley es responsable?

Dos formas de entender la responsabilidad:

  • La opinión de Tosafot: Nuestra Mishná continúa el tema del fuego que hemos estado tratando, y por lo tanto la responsabilidad es por la categoría principal de daño de fuego (Esh). La premisa básica es que otra fuerza se une a la acción y causa el daño - el viento que transporta la chispa o la aviva en el lugar donde cae. La responsabilidad del herrero deriva, por lo tanto, de la combinación de su acción y responsabilidad con otra fuerza, y por esta razón se aplican las exenciones del fuego, como la exención por tamún - cosas ocultas que no se espera que se encuentren en el lugar del incendio.

  • La opinión del Ramá: Se trata de una persona que causa daño (Adam haMazik). Es un daño directo, con la misma ley que las flechas de una persona. Una persona no tiene derecho a arrojar chispas al dominio público y desentenderse de dónde caen, del mismo modo que no tiene derecho a batear pelotas o disparar flechas hacia la calle. Una vez que arrojó chispas y algo se quemó, recae sobre él la responsabilidad total por la ley de una persona que causa daño - y por lo tanto es responsable incluso por lo oculto (tamún).

El camello cargado de lino:

De aquí, la Mishná pasa a un caso nuevo: un camello que estaba cargado de lino - un material altamente inflamable - y pasa por las calles del mercado (como el estrecho mercado de la Ciudad Vieja de Jerusalén). Cuando el camello está sobrecargado, los tallos de lino sobresalen hacia el interior de las tiendas que bordean el dominio público. Las tiendas están oscuras, y su luz proviene de velas encendidas; lino inflamable que entra en un lugar donde hay una vela encendida - es un problema seguro. Y así ocurrió: el lino sobre el lomo del camello se incendió, el camello continuó su marcha, y en cada lugar por donde pasó, prendió fuego y quemó.

Establece la Mishná: baal hagamal chayav - el dueño del camello es responsable. El dueño del camello actuó irresponsablemente al sobrecargar su camello, ya que se puede prever que un camello muy cargado que pasa por el mercado causará un incendio. Pero, ¿de qué exactamente es responsable?

La ley aquí constituye una especie de repaso y reevaluación de la ley del perro y el pan horneado sobre brasas (charará) que aprendimos en el capítulo 2, Mishná 3. El camello camina por la calle con fuego sobre su lomo, y por lo tanto, hay que distinguir entre dos tipos de daño:

  • Lo que se quema directamente: Se considera como una extensión del cuerpo del animal, exactamente como si la silla de montar en su lomo arrancara cosas de las paredes. El objeto de daño (cheftzá) aquí es Regel, y su responsabilidad es daño completo (nézek shalem).

  • Lo que se quema por la propagación del fuego: Aquí se aplica la ley de tzerorot (guijarros). Como recordaremos, es una Halajá leMoshé miSinai que un daño causado por una fuerza que se une a la acción del animal pero no es su acción directa - como una piedra que sale despedida de debajo de su pata a cierta distancia - su responsabilidad es medio daño (jatzi nézek). También el fuego que salta y se propaga con el viento que lo transporta entra en esta categoría, y su responsabilidad es medio daño.

Heniach chenvani nero mibachutz - si el tendero dejó su vela en el exterior:

La Mishná continúa: si la parte negligente es el tendero, que dejó su vela fuera de su tienda - en el dominio público, en un lugar donde debía prever que pasarían camellos cargados de lino - hachenvani chayav - el tendero es responsable. El camello se incendia y propaga el fuego, y el tendero es responsable por la ley normal y conocida de fuego (Esh): no cuidó su fuego adecuadamente, lo dejó en un lugar desde donde era previsible que se propagara, y de hecho se propagó a causa de los camellos que pasaban. Esto es como un viento común que debía prever, y por lo tanto es responsable por daño completo según la ley de fuego.

Y si ambos fueron negligentes - el camello estaba demasiado cargado y la vela fue dejada en el dominio público, o el dueño del camello podría haber evitado el daño y no lo hizo - la responsabilidad se divide entre ellos: el tendero y el dueño del camello pagan cada uno la mitad de los daños causados por el fuego que se propagó en la zona.

Rabí Yehudá y los Sabios respecto a la vela de Jánuca:

"Rabbi Yehudah omer: bener Chanukah patur" - Si la vela que el tendero dejó afuera es una vela de Jánuca, está exento. Ya que los Jajamim establecieron que se debe encender en el tefaj cercano a la entrada, justo afuera de la puerta, y es una mitzvá min hamuvjar colocarla baja y cerca del suelo, entre tres y diez tefajim por encima de la tierra. Resulta que hizo esto con el permiso y la autoridad de los Jajamim, y por lo tanto está exento.

Vale la pena señalar: Rabí Yehudá lo exime aunque hubo aquí cierto grado de negligencia al dejar fuego en el reshut harabim, y todo esto solo por una mitzvá min hamuvjar - ya que podría haber elevado la vela a cualquier altura hasta veinte amot y cumplir bediavad con la obligación de la vela de Jánuca. Sin embargo, dado que los Jajamim instruyeron hacerlo así lejatjilá y así lo hizo, es suficiente para eximirlo.

Y los Jajamim discuten: no hay en la instrucción de Jazal de colocar la vela de Jánuca afuera un permiso para ser negligente y dejarla en un lugar que causará un incendio. Por lo tanto, una persona es responsable por dejar una vela en el reshut harabim incluso en Jánuca, y aunque sea una mitzvá - y así es la halajá, según la opinión de los Jajamim.

En resumen: En esta Mishná, que concluye el capítulo 6, aprendimos la ley de la chispa que sale de debajo del martillo y las dos formas de responsabilidad en ella - por la categoría de fuego (Esh, según Tosafot) o por la categoría de la persona que daña (Adam Hamazik, según el Ramá), y la diferencia práctica entre ambas respecto a lo oculto (tamún). También aprendimos la ley del camello cargado de lino: daño completo por la categoría de Reguel por el incendio directo, y medio daño por la categoría de Tzrorot por la propagación del fuego; la responsabilidad del tendero por la categoría de fuego cuando dejó su vela afuera; y la distribución de responsabilidad entre ambos cuando los dos fueron negligentes. Finalmente, analizamos la discusión entre Rabí Yehudá y los Jajamim sobre la vela de Jánuca, y la halajá como los Jajamim - que ni siquiera una mitzvá exime a la persona de su responsabilidad de cuidar el fuego.