Bava Kama, Perek 7, Mishná 2. La Mishná enumera una variedad de casos en los que efectivamente se está obligado a pagar los pagos de cuatro y cinco, y cada uno de ellos constituye un jidush particular o viene a tratar un punto sutil.
Testimonio sobre el robo y testimonio sobre la faena:
El primer caso trata sobre el testimonio que obliga a la persona a pagar. Una regla fundamental es que el establecimiento de un hecho halájico en un beis din se realiza según el principio de "por boca de dos testigos se establecerá el asunto", y se entiende que un solo par de testigos debe establecer el hecho halájico en su totalidad - no se combinan dos pares de testigos para armar la imagen completa. La pregunta que surge es si el robo y la faena o la venta se consideran un solo asunto, o dos asuntos separados para los cuales basta un par de testigos para cada uno de ellos. La respuesta es como la segunda opción: son dos asuntos halájicos separados, y por lo tanto se puede traer un par de testigos para cada una de las dos etapas.
Ganav al pi shenayim - Se demostró que el ladrón robó basándose en el testimonio de un par de testigos.
Vetavach umachar al pihem - Esos mismos testigos atestiguan que el ladrón también faenó o vendió el animal que robó.
O al pi shenayim acherim - Alternativamente, un grupo de testigos confirmó que robó, y un segundo grupo confirmó que faenó o vendió.
Meshalem tashlumei arbaah vajamishah - En ambos casos el ladrón está obligado a los pagos de cuatro o cinco, ya que estos son dos asuntos separados y pueden ser respaldados por dos pares de testigos diferentes.
Casos en los que hay una prohibición adicional:
Ganav umachar beShabat - El que roba un animal y lo vende a otro en Shabat, está obligado a los pagos de cuatro y cinco. El lenguaje utiliza "y vendió" y no "y faenó", ya que si hubiera faenado el animal en Shabat, no habría pagado cuatro y cinco: al realizar la shejitá en Shabat transgrede una prohibición de la Torá (de'orayta), y entramos en la regla de "kim lei bederaba minei", que ya vimos anteriormente en el tratado. Esta regla se aplica cuando está involucrada en el juicio una pena de muerte, como profanar el Shabat, y aunque la persona no sea ejecutada en la práctica por el beis din - dado que es una transgresión por la que se debe pena de muerte, ya no se le impone un castigo monetario. Como veremos en la Mishná 4, es posible que esté obligado por la primera etapa, el pago doble (kefel), ya que en la venta misma no hay profanación del Shabat según la Torá; pero por la segunda etapa, si hubiera faenado el animal, no pagará los tres pagos adicionales a causa de kim lei bederaba minei. Si bien está prohibido vender cosas en Shabat, esto es solo una ley rabínica (derabanan) y no lo incluye en la regla de kim lei bederaba minei.
Ganav umachar la'avodah zarah - El que roba un animal y lo vende a un judío que está por usarlo como ofrenda para idolatría, está obligado. Aunque está prohibido vender animales a quienes los van a ofrecer a la idolatría, esto no es más que una prohibición de "delante de un ciego" (lifnei iver) - una prohibición de la Torá (de'orayta) que no conlleva pena de muerte, y por lo tanto está obligado a los pagos de cuatro y cinco. Pero si él mismo hubiera faenado el animal para idolatría, esta es una transgresión que conlleva pena de muerte, como es la ley para cualquier idolatría, y habría estado exento de los pagos de cuatro y cinco.
Ganav vetavach beYom HaKipurim - Robó y luego faenó, y ciertamente si vendió en Yom Kipur, está obligado. El motivo: aunque Yom Kipur es llamado "Shabat Shabatón", en cuanto al castigo por realizar un trabajo prohibido (melajá) en él, se dictaminó que quien realiza un trabajo sin testigos y advertencia (hatra'ah) su castigo es kares, mientras que con testigos y advertencia su castigo es malkos (latigazos). Quien recibe "solo" kares no se considera que transgrede un pecado con pena de muerte según nuestro Tana, y por lo tanto está obligado a los pagos de cuatro y cinco. Sin embargo, si hubiera habido testigos que le advirtieron: "No faenes el animal en Yom Kipur, porque si lo haces recibirás malkos", y él respondió que no le importa y lo hará de todos modos - le habrían dado malkos; y hay una regla de que cuando una persona recibe malkos, queda exenta de pagos monetarios. Resulta que si hubiera habido advertencia y hubiera recibido malkos, habría quedado exento también de los pagos de cuatro y cinco.
Robo a su padre y consagración (hekdesh) después de la faena:
Ganav mishel aviv vetavach umachar ve'achar kaj mes aviv - El que roba a su padre, faena el animal o lo vende, y solo después muere su padre, está obligado a pagar cuatro y cinco. No hay un gran jidush aquí: él paga cuatro y cinco al patrimonio, y aunque luego herede parte de ese dinero, ¿qué importa? El jidush se aclarará en la Mishná 4, en el caso en que el padre muera antes de la venta o la faena.
Ganav vetavach ve'achar kaj hikdish - Robó un animal, lo faenó, y luego consagró (hekdesh) la carne del animal muerto al Beis HaMikdash - meshalem tashlumei arbaah vajamishah. El motivo: en el momento en que robó y en el momento en que faenó el animal estaba bajo propiedad privada, y es la propiedad privada la que obliga a los pagos de cuatro y cinco, como veremos en la Mishná 4. Desde el momento en que pasó a propiedad del Beis HaMikdash como hekdesh, está exento de los pagos, y ampliaremos el fundamento de esto en la Mishná 4.
La definición de "faena" - una shejitá kasher:
En la siguiente parte de la Mishná se explica que lo que se refiere a "faenar" es específicamente una shejitá kasher. La pregunta es cuál es la ley cuando faenó de una manera que constituye una shejitá kasher, pero no tenía la intención de comer el animal. Se podría haber pensado que no hay obligación de cuatro y cinco, pero no es así: sigue estando obligado, porque una shejitá sigue siendo una shejitá.
"Ganav vetavach... lirefuah" - El que faena por motivos médicos, por ejemplo para extraer sangre del animal para remojar allí sus pies o algo similar, y su propósito no es comer el animal.
"O lakelavim" - Faenó no para su uso personal ni para consumo humano, sino para dar de comer a sus perros. Aunque no será comido por seres humanos, es culpable.
"Hashochet venimtzeit terefah" - Incluso si faenó y se comprobó que el animal no es apto para el consumo humano desde el punto de vista halájico porque era terefah, es decir, tenía un defecto que implica que morirá en doce meses, como una perforación en el corazón o en los pulmones. Nadie puede comerla, y sin embargo es culpable de pagar cuatro o cinco.
"Hashochet chulin ba'Azarah" - El que faena el animal en la Azarah, en el patio del Beit HaMikdash, hace algo estrictamente prohibido, y los animales chulin que fueron faenados en la Azarah están prohibidos de comer. Aunque no sean comidos, es culpable del pago de cuatro y cinco.
Respecto al último punto hay una nota técnica al margen: los animales chulin faenados en la Azarah quedan prohibidos para cualquier provecho, y dado esto, el animal no se considera suyo desde el punto de vista halájico, y por lo tanto, debería estar exento de los pagos de cuatro y cinco por una razón técnica. Por eso, la Mishnah habla de un caso en el que la shechitah comenzó fuera de la Azarah y se completó adentro - de esta manera el animal se considera suyo en la medida que lo hace culpable por faenarlo, aunque esté prohibido comerlo por considerarse un animal faenado en la Azarah.
La opinión de Rabí Shimon:
Rabí Shimon discrepa sobre los dos últimos puntos. Él también admite el principio de que se requiere una shechitah kasher, pero discuten en su definición. El Tanna Kamma opina que la definición de shechitah es técnica: el corte de la mayoría de los dos simanim, el esófago y la tráquea, y basta con realizar la acción técnica. Mientras que Rabí Shimon opina que la shechitah se define esencialmente de forma funcional: la shechitah es un permiso, que permite comer la carne del animal. La shechitah convierte a un animal que no se puede comer, como terefah o nevelah (y en realidad una nevelah a punto de ocurrir), en un animal kasher apto para el consumo. Por lo tanto, si el acto de la shechitah no permite que el animal sea comido, esto no es shechitah sino una simple matanza.
Por eso "Rabbi Shimon poter bishnei elu" - en estos dos últimos casos, terefah y chulin en la Azarah, está exento del pago de cuatro y cinco, ya que en ambos casos, incluso si faenó correctamente, el animal no será comido, ya sea porque es terefah o porque fue faenado en la Azarah. Esto no se llama shechitah sino solo una acción técnica de faena, y no cumple con la definición que obliga al pago de cuatro y cinco.
Halajá: La halajá no es según Rabí Shimon sino según el Tanna Kamma, y por lo tanto, en todos los casos enumerados por la Mishnah la persona será culpable de pagar cuatro y cinco.